EL INTENDENTE NO PIDIÓ LICENCIA.-
El artículo 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece atribuciones y deberes del Departamento Ejecutivo y en el ítem 13 se expresa que el Jefe Comunal debe “Solicitar licencia al Concejo en caso de ausencia mayor de cinco días”.
En este caso, Walter Festa abandonó el país el pasado martes 26 de diciembre, no solicitó licencia al Concejo Deliberante, y acatando lo establecido por la Ley debería haber regresado hoy a su puesto de trabajo. Las fuentes consultadas expresan que esto no fue así, y que incluso ni siquiera estaría resgitrado su regreso al país. Esto podría derivar en la suspensión de sus funciones ya que está considerado como una falta grave.
Se presume que el intendente no habría solicitado la licencia correspondiente debido a que, al pedirla, asumiría la concejalía provisoriamente Cintia Gonzalez, quién encabezó la lista como primera Concejal en las elecciones del año 2015, y con quién Festa estaría enfrentado por razones de índole personal.
En la sesión extraordinaria realizada en el día de ayer, 4 de enero, se trató la prórroga de la Moratoria, pero no figuraba el pedido de licencia mandado por la Ley.
Por el momento, la Municipalidad estaría acéfala, ya que se está incumpliendo la normativa, pero es el Concejo Deliberante quién debe decidir y definir si la ausencia de Festa es considerado una falta grave.
MÁS HISTORIAS
El Municipio equipa a las escuelas, entrega heladeras y freezers
«Mariel no cree eso de los cuadernillos porque es una persona seria»
Trabajadores /as municipales: el Gran Ajuste en cuatro tramos