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El dictamen final de la reforma laboral que incluye la Ley Bases (ley ómnibus) del gobierno de Javier Milei consiguió el respaldo de la oposición dialoguista, luego de varias modificaciones que suavizaron la propuesta inicial, aunque incluyendo igualmente reformas regresivas para los derechos laborales.

Hasta último momento se discutió la modificación laboral que propuso el oficialismo. Finalmente, los puntos incluidos fueron, en primer lugar, la extensión de la jornada de prueba o período de «pasantía». Actualmente son de tres meses, pero la propuesta es extenderlos a seis meses para empresas de más de 100 trabajadores, de 8 meses para PyMES de 6 a 99 trabajadores, y de un año para mipymes de hasta 5 trabajadores.

En segundo lugar, se implementa el fondo de cese laboral optativo a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones (de hasta 8% de las remuneraciones). En tercer lugar, se derogan las multas por no registración laboral.

En segundo lugar, se implementa el fondo de cese laboral optativo a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones (de hasta 8% de las remuneraciones). En tercer lugar, se derogan las multas por no registración laboral.

Además, se reduce la licencia de maternidad pre parto de 45 a 10 días y se crea la figura de «trabajador colaborador» para personas que no estén en relación de dependencia, pero puedan realizar igualmente aportes de seguridad social.

Los puntos eliminados en la reforma laboral

Al contrario, se eliminaron algunos de los puntos más controvertidos para los gremios a pedido de diputados como el jefe del bloque de Hacemos Coalición Federal, Miguel Ángel Pichetto, quien no quiso firmar un dictamen que tocara fibras sensibles para la CGT.

De este modo, hay varios elementos que estaban incluidos en el borrador que finalmente se descartaron en el dictamen. Aun así, varios de ellos habían sido establecidos en el mega DNU 70/23, que por el momento se encuentra judicializado.

Por ejemplo, fue borrado del texto original el artículo que establecía penas de 6 meses a 3 años de prisión a quienes bloquearan empresas en el marco de pujas salariales o laborales. 

Además, la empresa solamente podrá contratar a un trabajador bajo la figura del período de prueba una sola vez. La utilización abusiva del período de prueba para evitar la efectivización de un trabajador es pasible de sanciones. 

Al mismo tiempo, se quitó el artículo que establecía la eliminación de las cuotas solidarias, por las que los trabajadores financiaban a las obras sociales sindicales. También se quitó la eliminación de la ultraactividad, que establece la vigencia de los convenios colectivos de trabajo hasta tanto se negocie uno nuevo.

Tampoco se reglamentará la restricción del derecho a huelga a través de la inclusión como servicios esenciales de sectores como la educación, y se descartó la introducción de cambios en el régimen del teletrabajo.

FUENTE: EL DESTAPE