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Domingo, 10 de Mayo del 2026

El pasado 24 de febrero se trató y se aprobó la constitución de la Empresa del Estado encargada de gestionar la recientemente inaugurada Radio Pública de Moreno. En esa tumultuosa sesión la aprobación del pliego que garantiza a La Perlita el monopolio del transporte concitó toda la atención. Sin embargo no se llevó a cabo sólo una sino dos sesiones del Consejo Deliberante, una a continuación de la otra. De forma expeditiva se aprobó también la creación y conformación de “Radio y Televisión de Moreno Sociedad del Estado” (R.T.M.S.E.) expediente: 4078 - 157995 - S - 2014.
Es significativo que en el caso del pliego del transporte la participación, el debate ciudadano y el cuestionamiento forzó la modificación de un artículo de dicho pliego flagrantemente ilegal. No alcanzó sin embargo para poner en riesgo los intereses del monopolio que quedaron bien resguardados en perjuicio de los vecinos de Moreno.
Corrió peor suerte la aprobación del expediente que constituyó la Empresa del Estado Radio y Televisión Moreno que cuenta en su articulado con algunas disposiciones ilegales, una de ellas además permitiría violar el espíritu pluralista e independiente del poder económico que estaría promoviendo la Ley de Servicios Audiovisuales. En esta oportunidad sólo me extenderé en la más importante de estas disposiciones que violan la ley.
La Radio Pública y los Capitales Privados
La ordenanza municipal enumera en su artículo 6º las facultades que tendría Radio y Televisión de Moreno. La décima facultad establece taxativamente la posibilidad de la apertura a capitales privados para que usufructúen la licencia y la señal de la FM municipal así como cualquier otra por adquirir.
ORDENANZA APROBADA
Artículo 6º- Facultades
10. Transformarse en Sociedad de Economía Mixta, proponiendo la incorporación de capital privado, conforme a las pautas que a tal fin disponga El Municipio de Moreno y con previa aprobación del Honorable Concejo Deliberante.
No se trataría de cooperar en iniciativas con empresas privadas, ni colaborar, ni contratar, ni tercerizar servicios, sino incorporar lisa y llanamente como socio a capitales privados que de ese modo participarían en la decisión sobre la política comunicacional y de contenidos de la señal pública y de su usufructo. Lo que establece la ordenanza es que Radio y Televisión Moreno Sociedad del Estado íntegramente conformada por el Estado Municipal se transformaría en un futuro en una Empresa con participación privada.
Esto más allá de los cuestionamientos políticos e ideológicos que pudieran hacerse, viola, además, la ley de Sociedades del Estado (ley 20.705). Cabe aclarar que una Sociedad del Estado NO es una Sociedad de Economía Mixta. Esta última es otro tipo de persona jurídica en la que se contempla desde el inicio la participación del capital privado en tanto que la Sociedad del Estado solo admite en su constitución al Estado Nacional, Provinciales, Municipales y Entes Autárquicos. Pueden ser uno o más. En el caso de Radio y Televisión Moreno el titular es el Estado Municipal del distrito de Moreno. Esto obliga al ejecutivo municipal a cambiar el tipo de Sociedad para permitir el ingreso al capital privado. La ilegalidad esta en que la propia legislación referida a las Sociedades del Estado prohíbe explicitamente la transformación de las sociedades de este tipo para incorporar a empresarios privados. La ley dice en su artículo 3º:
Ley Nº 20.705
SOCIEDADES DEL ESTADO
Sancionada: Julio 31 de 1974
ARTICULO 3º — En ningún caso las sociedades del Estado podrán transformarse en sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria ni admitir, bajo cualquier modalidad, la incorporación a su capital de capitales privados.
¿Pero, que es una Sociedad de Economía Mixta? Es una sociedad compuesta por el Estado y el capital privado. Sin embargo no es una Sociedad anónima con participación Estatal Mayoritaria en la que el Estado es titular de al menos el 51% del paquete accionario (como YPF o Aerolíneas Argentinas SA) sino que la Sociedad de Economía Mixta contempla participaciones del Estado de modalidad específica. Como por ejemplo las prerrogativas que la ley que reglamenta las Sociedades de Economía Mixta le permite:
Decreto-Ley N° 15.349/46
SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA
Buenos Aires, 28 de Mayo de 1946
Art. 4° – El aporte de la administración pública, en la sociedad de economía mixta, podrá consistir en cualquier clase de aportación, y en especial, las siguientes:
a) Concesión de privilegios de exclusividad o monopolio, exención de impuestos, protección fiscal, compensación de riesgos, garantías de interés al capital invertido por los particulares;
b) Primas y subvenciones, aporte tecnológico;
c) Anticipos financieros;
d) Aportes de carácter patrimonial, en dinero, en títulos públicos o en especie, concesión de bienes en usufructo.
A pesar de que la ley de Sociedades del Estado se lo prohíbe el intendente Mariano West pretende reconvertir en un futuro a Radio y Televisión Moreno S.E. en un Sociedad de Economía Mixta. El nombre elegido para la sociedad no es producto de la inventiva de los funcionarios morenenses sino que pretende emular a la Empresa que maneja los medios públicos propiedad del Estado Nacional, denominada Radio y Televisión Argentina S.E. Sin embargo la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual al constituir a R.T.A.S.E. se sujeta a las disposiciones de la ley de Sociedades del Estado, que venimos mencionando, sin intentar rectificarla, enmendarla o falsearla. El artículo 120 dice lo siguiente:
SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Ley 26.522
Regúlanse los Servicios de Comunicación Audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina.
Sancionada: Octubre 10 de 2009.
ARTICULO 120. — Legislación aplicable. La actuación de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado (RTA S.E.) está sujeta a las disposiciones de la ley 20.705, la presente ley y sus disposiciones complementarias. En sus relaciones jurídicas externas, en las adquisiciones patrimoniales y contrataciones está sometida a los regímenes generales del derecho privado.
En ningún momento se expresa la posibilidad de hacer de Radio y Televisión Argentina una Empresa de Economía Mixta. Ni siquiera se insinúa la intención de incorporar a capitales privados para que participen de las decisiones de la política comunicacional de Canal 7, por ejemplo, o de Radio Nacional o de tantas otras frecuencias. Si bien en la ley de Servicios Audiovisuales no se prohíbe explícitamente la participación del capital privado en la explotación de licencias públicas, las declaraciones del titular de la autoridad de aplicación, la AFSCA, Martín Sabatella expresa una y otra vez en toda oportunidad que se le presenta que el espíritu de la ley busca dividir los servicios audiovisuales en partes iguales entre el estado el mercado y la sociedad civil. Lo que a esta altura uno se pregunta es que si era ese el espíritu de la ley porque no se molestaron en escribirlo negro sobre blanco. Se trata de los escamoteos de la democracia que se burla de nosotros con una sonrisa socarrona. Pero al menos tenemos las palabras de Martín Sabatella que en gran medida son inoperantes pero que al menos nos permiten ver la distancia entre las palabras y las normativas, en este caso la sancionada por el Concejo Deliberante de Moreno en la última sesión. Para muestra vayan estas declaraciones publicadas en Télam a principios de 2014:
"Por todo lo que hicimos desde 2009 y profundizamos en el último año, podemos decir que estamos firmemente encaminados en garantizar la división del espectro comunicativo en tres tercios: uno para el sector privado, otro para el Estado y el restante para las organizaciones de la sociedad civil"
A pesar de las palabras de Sabatella que contradicen la ordenanza de constitución de Radio y Televisión Moreno S.E. dicha ordenanza no viola la ley de Medios sancionada en la era kirchnerista. Lo que sí viola la Ordenanza es la ley de Sociedades del Estado sancionada durante la 3era presidencia de Perón y que aún está vigente.
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