- BUENOS AIRES - ARGENTINA // contacto@desalambrar.com.ar
Domingo, 19 de Abril del 2026

El Concejo Deliberante envió al Poder Ejecutivo el proyecto que impide a la empresa monopólica de transporte cobrar el carnet que habilita a los alumnos de escuelas públicas y privadas. Desde el año 2004 la ley provincial es clara y no tiene doble interpretaciones. Sin embargo la ambiguedad surge en que no se entiende por carnet o credencial el certificado de alumno regular expedido por cada escuela. Mariano West tiene diez días para notificar a La Perlita.
Los jóvenes estudiantes esperan en la casa amarilla, inmueble elegido por la empresa La Perlita para que en gran número los jóvenes hagan el trámite para acceder al boleto estudiantil. A menos de una semana de culminar el segundo mes del ciclo lectivo, nadie garantiza el cumplimiento de la ley en el sentido de los derechos que se consagran desde el año 2004, reafirmado en 2005 con la Ley 10.695. Por el contrario, la administración de Mariano West, luego Andrés Arregui y ahora Mariano West, concedieron las reglas políticas para que el poder empresarial del monopolio tenga el manejo de todos los resortes de recaudación.
Ayer, el Concejo Deliberante pidió al Ejecutivo que interprete bien los siguientes artículos.
ARTICULO 5°: La condición de estudiante secundario regular se acreditará mediante una credencial o carnet personal intransferible expedido en forma legal por la Dirección responsable del establecimiento educativo, donde el estudiante curse sus estudios. Dicha credencial deberá ser expedida al comienzo de cada período lectivo y actualizada cada noventa (90) días. Vencido dicho período perderán su validez, y las empresas prestatarias del servicio no quedarán obligadas a reconocerlo. A los efectos de unificar el sistema, en todos los casos intervendrá el Consejo Escolar de cada Distrito.
Este punto le permite a La Perlita, por decisión política del oficialismo a lo largo de la historia del monopolio, obligar a los alumnos a realizar el trámite que, en términos económicos y según cálculos hechos por hombres del Frente Justicialista para la Victoria, le permite a la firma hacerse de un millón de pesos mensuales. El estimativo nace del pago que hacen los alumnos como usuarios comunes de las tarifas en vigencia.
ARTICULO 6°: La credencial o carnet expedida por el establecimiento educacional, deberá constar de los siguientes datos:
a) Foto (provista por el interesado).
b) Nombre, número y sello del establecimiento educacional.
c) Calle, número, localidad y Partido del establecimiento.
d) Apellido y nombre del alumno.
e) Domicilio real del alumno (calle, número, localidad y Partido).
f) Documento de identidad.
g) año que cursa.
h) Firma y sello de la autoridad del establecimiento y del Presidente del Consejo Escolar, cuando la Escuela dependa de la Dirección General de Escuelas y Cultura.
i) Fecha de expedición de la credencial o carnet.
j) Nombre y número de la Línea de Transporte.
No surge en ningún artículo que la empresa, en este caso La Perlita, queda facultada para cobrar la credencial o carnet. Entonces, ¿quién permitió a lo largo de estos años que el monopolio cobre la credencial de viaje que consagra el boleto secundario? ¿Cuál es la ordenanza que reguló los criterios fijados en la ley provincial?
El presidente del Frente Justicialista para la Victoria, Carlos Benítez, reafirmó que “lo que hizo el Concejo Deliberante fue reconocer la ley provincial para aclarar porque esa legislación plantea una ambigüedad”. Consultado por las ordenanzas en vigencia, Benítez aclaró que “han sostenido la ambigüedad”. Ese punto que muestra la vocación del Estado municipal por garantizar a la empresa privada toda la rentabilidad posible, parte que de "no se entiende que credencial o carnet refiere al certificado de alumno regular”.
AUDIO 2 BENITEZ
Mariano West, que brindó el aval a su bloque para “avanzar en la construcción de derechos”, tiene diez días para notificar a La Perlita que el negocio del carnet, después de diez años, puede llegar a su fin.
En la misma semana
Desalambrar / Noticias de Moreno - contacto@desalambrar.com.ar