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Viernes, 17 de Abril del 2026


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SOBRE LA PRESENCIA O AUSENCIA DEL INTENDENTE

Qué fija la Ley Orgánica

Sábado, 26 de abril de 2014

En una semana donde se instaló en la calle y en los ámbitos políticos la ausencia del Jefe Comunal en el distrito, lo que incluyó panfletos tirados en la vía pública, es necesario informar sobre los aspectos legales de un asunto institucional. La LOM (Ley Orgánica de las Municipalidades), fija con claridad los pasos obligatorios que debe producirse en caso de licencia del intendente, y es aquí donde se ubica una cuestión que, sin violar a priori ninguna norma, el oficialismo no pudo explicar claramente. Es comprobable que desde el lunes y hasta el viernes, los llamados días hábiles, no hubo ningún acto o participación pública de Mariano West, no sólo en el distrito. De acuerdo a lo que establece la Ley Orgánica en el CAPITULO IV, DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, COMPETENCIA, ATRIBUCIONES Y DEBERES, el intendente "debe solicitar licencia al Concejo Deliberante en caso de ausencia mayor a cinco días" (Artículo 108 inciso 13 LOM).

De aquí nacen interpretaciones políticas naturales. La primera es que el jefe comunal y su esposa, Silvia D’angelo (Secretaria General del municipio), arrancaron un descanso en la Semana Santa, es decir Jueves y Viernes Santo. Al tratarse de días feriados, éstos no se computan como hábiles, aunque algunos sostienen que es un eje a discutir. Pero lo que no deja margen a la interpretación es que desde el lunes 21 y hasta el viernes 25 de abril (cinco días), Mariano West no estuvo en el Palacio comunal, pero aún así no incumplió lo fijado por la Ley Orgánica, escenario que se alteraria el lunes 28 de abril en caso que el intendente no se presente a su lugar de trabajo. Si esto ocurriese, el Honorable Concejo Deliberante debería, a través de la presidencia, tener una nota del intendente pidiendo licencia, lo que demostraría oficialmente que Mariano West no sólo no estuvo en el partido de Moreno sino que no cumplió funciones administrativas en los útimos cinco días hábiles. Esta hipótesis abriría un debate técnico, político y administrativo, porque es el Concejo Deliberante quien debe aprobar la licencia del intendente cuando éste la solicita antes de hacerse efectiva.

Cabe recordar a título informativo que el funcionario que debe ocupar temporariamente la intendencia es quien encabezó la lista ganadora en el año 2011, es decir, Walter Festa.


 



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