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UN AÑO DE LA FUGA

"Si lo ves no avises a la policía, ni a los jueces, avisa a Correpi".

Viernes, 16 de octubre de 2015

Por Pabla Luzmia Fava- “El policía Naredo sigue prófugo con una ayudita de los amigos “. Así se titula un comunicado que emitió la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) a un año de la fuga de del cabo Martín Alexis Naredo, asesino de Jon Camafreita y que en esta ultima semana el Tribunal Oral que lo condenó a perpetua decidió defender la “privacidad e intimidad” de la familia del policía federal, antes que tomar medidas efectivas para encontrarlo.

El comunicado inicia con el relato cronológico que describe la complicidad con el asesino por parte del sistema judicial: “El jueves 4 de septiembre de 2014, el ex cabo de la Policía Federal Argentina, Martín Alexis Naredo, anunció al Tribunal Oral nº 23, a través de su abogado, que no estaba en “condiciones anímicas” de presenciar la lectura de la sentencia en el juicio por el asesinato de Jon Camafreitas (18), ocurrido el 21 de enero de 2012, en el barrio porteño de Balvanera. El policía fue condenado a prisión perpetua, pero ya le habían dado permiso para irse a su casa. Se fugó sin necesidad de correr, porque le abrieron la puerta.Apenas unas horas antes, al término de los alegatos, desde la querella CORREPI advirtió a los jueces que si no garantizaban la presencia del homicida, que estuvo en libertad todo el proceso, dictarían una sentencia ilusoria. Nos respondieron que lo que pretendíamos violaba los derechos constitucionales del asesino, y, tal como lo previmos, Naredo se escapó.El tribunal demoró una semana en ordenar la captura del prófugo. Cuando finalmente lo hicieron, ordenaron medidas inconducentes, como vigilar el último lugar al que el homicida federal volvería: su domicilio. CORREPI les informó de inmediato algunos datos de interés, como que una hermana de Naredo trabaja en la Dirección de Migraciones, en el aeropuerto de Ezeiza. Lo “tuvieron presente” y nada hicieron”

“Los jueces encomendaron la búsqueda a la Unidad Especial de Inteligencia "Buenos Aires Norte" de Gendarmería Nacional, cuyo jefe, tras un año de búsqueda infructuosa, les pidió esta semana que ordenaran tres medidas elementales: 1) La intervención de los teléfonos de Naredo, su familia y su novia; 2) Realizar un informe patrimonial y financiero de la madre, hermanos, tíos, abuelos y novia de Naredo y 3) Pedir informes a Western Union y Correo Argentino sobre remesas de dinero de todos ellos. Nada muy sofisticado ni que no se pudiera haber hecho inmediatamente después de la fuga (de hecho, suponer que Naredo esté utilizando hoy los mismos chips que hace un año es un absurdo total). Sin embargo, el TOC, en una resolución de dos carillas y media, sólo aceptó ordenar lo más inútil de todo (la intercepción a los teléfonos del propio Naredo), con el argumento de que las medidas pedidas por gendarmería constituyen “ injerencias arbitrarias e ilegales en la vida privada del grupo familiar del imputado”; describe el comunicado sobre el accionar judicial para capturar a Naredo quien fusiló a Jon Camafreita.

“Con abundantes citas de pactos internacionales y de la Constitución Nacional, los jueces Luis María Rizzzi, Javier Anzoátegui y Carlos Alberto Rengel Mirat dijeron: “Las medidas requeridas respecto de terceros ajenos al proceso suponen una intromisión en la vida privada de estas personas, cuyo único fundamento es su pertenencia al entorno familiar del acusado, y cuya finalidad es establecer si, aleatoriamente, alguno de los integrantes del grupo seleccionado por la repartición peticionante, realiza alguna manifestación (telefónica) o alguna transacción (movimientos o transacciones de divisas) relacionadas directa o indirectamente con Martín Alexis Naredo. Sin embargo, esta severa injerencia en la vida privada de personas ajenas al proceso no está prevista en la ley”; apunta la Correpi sobre el accionar de los jueces.

El documento es contundente en marcar los privilegios que le brinda el Estado a su brazo represivo: “Así funciona el garantismo judicial cuando se ven forzados a actuar contra el aparato represivo estatal. Si Naredo no fuera policía, hubiera escuchado la sentencia detenido y esa misma noche hubiera dormido en un penal. Si en lugar de los teléfonos y movimientos de dinero de la familia de un uniformado, fueran los nuestros, o los de cualquier militante popular, los gendarmes ni siquiera necesitarían la venia judicial, y si la pidieran por un exceso de formalidad, los jueces lo hubieran concedido sin dudar. Esta resolución del TOC 23 vuelve a demostrar, como tantas veces antes, que el aparato judicial tiene la venda bien levantada, y mira bien de quién se trata antes de actuar. Lo que menos les importa es capturar al que ellos mismos ayudaron a escapar”.

El comunicado concluye con una consigna clara y contundente: “SI VE AL CABO NAREDO, NO AVISE A LA POLICÍA (NI A LOS JUECES). AVISE A CORREPI”.


 



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