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Martes, 21 de Abril del 2026

En la ronda de alegatos y en un hecho inusual, el Fiscal de Juicio Guillermo Altube desestimó los testimonios vertidos en las audiencias para sostener la culpabilidad de las jóvenes. La coartada corporativa intentó valorar los elementos de la instrucción que se encuentra plagada de irregularidades. La defensa de las hermanas Jara interpeló con pruebas y argumentos categóricos la intención punitiva. El 9 de abril a las 12 horas el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Mercedes dará la sentencia.
La ingenuidad puede acompañar la expectativa de rectificación de la justicia. Cada testimonio en el juicio contra las hermanas Jara, en especial, la declaración de quien aparece como víctima Juan Leguizamón, acreditaron que la causa caratulada como tentativa de homicidio es un bochorno jurídico difícil de sostener. A pesar a las inexactitudes, la teoría pasional encontró este martes la palabra del encargado de una panadería, testigo que entró por una ventana irregular que abrió el Fiscal Guillermo Altube y que tuvo la convalidación de los tres integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2. Leguizamón planteó antes los jueces que las “dos hermanas iban a buscarlo a la panadería y que una persona de nombre Jorge podía acreditar esa situación”. En la ambición condenatoria, Altube interrogó al testigo quien dijo "no conocer a las hermanas Jara”, “que nunca las vio en la panadería”. A preguntas de los magistrados, convertidos en fiscales, esto es, dejando de lado la imparcialidad con la que deben proceder, insistieron con el interrogatorio. Jorge respondió, una vez más, que nunca vio a las hermanas Jara en la panadería. La insistencia de los magistrados tuvo un resultado: "el testigo recordó que una vez ingresaron a la panadería dos chicas y que pidieron permiso para ir al baño. Ese momento duró un par de minutos”.
Sin pruritos, listos a defender a como de lugar todo el proceso plagado de irregularidades, el Tribunal dio paso a los alegatos. Guillermo Altube entregó una pieza única de irracionalidad jurídica. Montó su pedido de condena “tomando los detalles de la Instrucción Penal Preparatoria (IPP), es decir, desestimó por completo las pruebas y el contenido de los testimonios que aparecieron en las tres jornadas de debate”. Fue más allá, definió a Leguizamón como una persona que solo atinó a defenderse, que integra una familia humilde al igual que la familia Jara, pero en el caso de Ailén y Marina, las calificó de peligrosas por los informes psicológicos. Altube en un acto temerario, anuló los propios antecedentes que Leguizamón describió con propiedad: manejo y "revoleo" de armas, solo para dar un violento ejemplo.
El Dr. Eduardo Soares, definió la actuación del fiscal como vaga, sin técnica, lo que permitió refutarla con cierta facilidad. Respecto al Tribunal, Soares añadió que se trata de un órgano acusatorio cuyos integrantes hacen la función de fiscales:
AUDIO 1 SOARES
Por las pruebas ofrecidas, por la demostración de todas y cada una de las irregularidades que tuvo el proceso de instrucción (ver en Desalambrar Las Patas de la Mentira I y II), por las declaraciones en el juicio oral, el pedido de absolución ya es parte de defensa, afuera y adentro. Soares explicó que esa instancia puede darse con otro tribunal, dejando en claro que en Mercedes la condena es parte de su naturaleza punitiva:
AUDIO 2 SOARES
Por último, el Dr. Encina expresó ante el Tribunal y la prensa, que "fueron con los tapones de punta para condenar a las chicas, y se pretende homologar la práctica de la maldita policía y el poder de los Barones del Conurbano".
AUDIO 1 ENCINA
El 9 de abril a las 12 horas se conocerá la sentencia. Una multitud anuncia la marcha a Mercedes... para que se rompan las cadenas
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