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EL TRABAJO DE LA FISCAL PONTECORVO

La causa penal contra Arregui y West fue archivada

Lunes, 5 de octubre de 2015

Desde el origen y hasta la actualidad, el fenomenal contrato de la basura tiene un pecado millonario pero calculable. Esto es posible porque el vínculo sellado entre la empresa - consorcio El Trébol y el municipio refrenda un servicio por día y por cuadra. Esto significó y significa que la no recolección en un día, sea por evidentes razones climáticas, medidas de fuerza de los trabajadores, tornado e incluso destrucción de calles, no puede ni debe ser abonada. Durante más de una década, el gobierno local (Arregui y luego Mariano West, acompañados por el oficialismo en el Concejo Deliberante), rechazaron todas las acusaciones y cuestionamientos bajo el concepto y pretexto que debían ajustarse y /o mejorarse los controles. Pero ese eje no fue ni es el que se analiza: si es por día y por cuadra, el no levantar la basura debió tener cada año las notas de crédito de descuento por no respetarse el contrato. Pero nada de eso ocurrió, y en cada ejercicio los pagos dieron cuenta de prestaciones perfectas, impecables e incuestionables para el oficialismo.

Antes de cerrar la década ganada para El Trébol, en diciembre de 2012 Carlos López, concejal en ese momento por el Frente Amplio Progresista, hizo público en una conferencia de prensa la denuncia penal contra las principales figuras del municipio, tomando el ejercicio 2011. Expresó el denunciante en aquel mes de diciembre: "El total de calles que no tuvieron recolección de basura durante 2011 y sin embargo el gobierno pagó a El Trébol han sido 384.072. Aplicando el valor de $ 19.5679 (según estado de ejecución de gastos al 31/12/2011) representan un daño económico para el municipio de $ 7.515.482”. Entre los fundamentos de la presentación judicial se indicaba: "La ejecución del contrato de concesión por la recolección de residuos sólidos urbanos entre la Municipalidad de Moreno y la empresa El Trébol S.A arroja ganancias extraordinarias a la empresa, merced al marcado incumplimiento por parte de la mencionada y la actitud contemplativa por parte de los funcionarios municipales encargados del control de la ejecución del contrato. Todos los meses el erario público paga por servicios que no se realizan. El contrato entre la firma y la Municipalidad de Moreno postula que el servicio se paga por día y por cuadra, empero todos los meses la empresa El Trébol factura como si realizara todas las recolecciones pactadas en todas las frecuencias y en todas las cuadras. Se adjuntan las facturas que confeccionara la misma durante todos los meses del año 2011. Asimismo, los funcionarios municipales de Moreno abonan las referidas sumas sin controlar que se haya prestado el servicio correspondiente. Se adjuntan los certificados de servicios y las respectivas recepciones del año 2011. Esta es la prueba material que demuestra la materialidad objetiva del ilícito enrostrado como la autoría reprochada a los imputados”.

Uno de los abogados que acompañó a López, el Dr. Fernando Nouet, sostuvo en ese momento: "Evidentemente hay una maniobra defraudatoria de los caudales públicos. La base está en el contrato porque establece que se paga por día y por cuadra, quedando la carga para el municipio de controlar la prestación del servicio. La conclusión a la que llegamos es que se trata de un negociado producto de un contrato mal redactado, que es muy difícil controlar su ejecución por lo se generan una cantidad de delitos, y eventualmente puede haber una asociación ilícita pero de las pruebas que se produzcan y los elementos que tenga la fiscal surgirán las imputaciones”.

El segundo letrado que participó en la construcción de la denuncia, el Dr. Esteban Ballarino, afirmó en diciembre de 2012: "Es muy burdo el hecho que se hayan pagado la totalidad de las cuadras porque es claro que eso resulta imposible".

Los delitos que podrían haber cometido los funcionarios Andrés Arregui con domicilio en calle Riobamba 25 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Mariano West, Daniel Navarro, Gustavo Ficosecco, Charles Buratovich Hermann y Marcelo Martinelli, todos estos últimos con domicilio en calle Asconapé Nº 51 de la ciudad de Moreno, son administración fraudulenta de caudales públicos agravada, malversación de caudales públicos e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso ideal.

DESENLACE

La causa penal recayó en la fiscalía Nº 3 a cargo de la Dra. Luisa Pontecorvo. Fue presentada por Carlos López el 23 de noviembre de 2012 con una serie de requerimientos documentales, tanto al municipio como a la empresa El Trébol, teniendo como base y plataforma que "el contrato vinculante era por día y por cuadra", de modo tal que el cálculo de los 7 millones de pesos que el gobierno de Arregui abonó irregularmente no era preciso sino que la justicia debía analizar todos los instrumentos públicos para determinar el monto con mayor precisión, reconociendo las frecuencias de recolección, la ampliación de calles servidas, las denuncias de los usuarios que llegaron al Concejo Deliberante y al área de Obras Públicas, así también el mapa con las calles que debía cubrir El Trébol, el registro de las unidades de El Trébol que ingresaron al CEAMSE, como para empezar una investigación con ambición de investigar. Sin embargo y dentro de la lógica, Pontecorvo trabajó en dos diligencias probatorias que le permitieran cerrar la causa de forma grosera pero legal.
Requirió a la Oficina de Informes y Providencias del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires si el organismo "observó alguna irregularidad en la relación existente entre el Municipio de Moreno y la empresa El Trébol", y obtuvo como respuesta un afirmación contable: "No se ha efectuado observación alguna". Pontecorvo desconoció que el Tribunal de Cuentas es un órgano externo de control del gasto público, que no analiza ni pregunta por el modo en qué se gasta el dinero de los morenenses, sólo observa si los egresos están acreditados correctamente. Sobre el caso penal en cuestión, al Tribunal de Cuentas no le interesa saber, ni es su trabajo evaluar si hubo 382.000 cuadras por donde no pasó el camión recolector en el año 2011. Sólo coteja las facturas emitidas por El Trébol con los pagos realizados por el municipio. Al haber coincidencias no existe, para el Tribunal de Cuentas, irregularidad alguna.

Con esta primera prueba en su poder que tiene fecha del 13 de marzo de 2014, Pontecorvo "avanzó" en la segunda diligencia favorable a los denunciados y obtuvo "su" respuesta el 2 de octubre del mismo año. La Perito Contadora Oficial del Departamento Judicial de Mercedes, María Verónica Bereterbide, responde la tarea ordenada por la fiscal. Lo asombroso del informe, que luego será tomado como central por Pontecorvo para archivar la denuncia, es que no pudo realizarse con los documentos elementales. Así lo redactó la perito: "... se da inicio a la tarea pericial el día 25 de septiembre de 2014, a la cual no asistieron las partes por lo que esta funcionaria, con los elementos del expediente y leyes de la materia que nos ocupa, se dispone a informar, en la medida de lo posible, los puntos solicitados por la defensa".

La escasa pulcritud o el desenfado para no hacer lo mínimo o maquillar bien el pseudo intento de investigación, se lee en el primer punto de la diligencia solicitada. La pregunta era si la documentación de la empresa El Trébol S.A y el municipio de Moreno se encuentran llevados en legal forma, indicando si tienen enmiendas, raspaduras, tachaduras o espacios en blanco y cualquier otra irregularidad que hallare.

La respuesta de la perito Bereterbide insulta el buen sentido, no porque la auxiliar carezca de idoneidad sino por el profundo acto de sinceridad: "Esta funcionaria auxiliar no tuvo a la vista los registros contables de ninguna de las partes citadas, ni de la empresa El Trébol ni de la Municipalidad de Moreno, aunque sí observó el informe del Tribunal de Cuentas".

Otros tres puntos sirvieron para ampliar lo que no era parte vertebral de la denuncia penal presentada por López, esto es si existía un contrato entre las partes; período de contratación, modo de facturación y servicio prestado (aquí se responde como una generalidad que el precio unitario que la Municipalidad acordó abonar era por día y por cuadra).

La quinta pregunta y la consiguiente respuesta no tienen desperdicio:

Pontecorvo pregunta: Por último de la compulsa de los registros de ambas partes, enumere los conceptos abonados a la empresa El Trébol S.A, detallando fecha, tipo de comprobantes, importe y concepto, retenciones efectuadas y si los mismos se corresponden con el contrato celebrado entre las partes.

Bereterbide responde: "No se tuvieron en vista los registros de ambas partes pero sí la documental inherente a cada pago y su correspondiente correlato en la empresa El Trébol. Ambas coinciden en los importes..."

¿Por qué Pontecorvo no exigió a las partes, Municipalidad de Moreno y Consorcio El Trébol, los registros contables para que la perito contadora pudiera hacer bien su trabajo?

Si esa diligencia no fue rigurosa, ¿por qué Pontecorvo decidió incorporarla como fundamento jurídico para archivar la denuncia penal contra Andrés Arregui y Mariano West, entre otros?

Argumenta la fiscal en su escrito que, "... no se ha podido comprobar pese a las diligencias realizadas en tal efecto si, más allá de tratarse de días lluviosos, los servicios fueron o no brindados. Dicho de otro modo, no deviene ser atinado el concluir al menos en éste ámbito en el cual se exige certeza al efecto, sobre la base de la mera presunción - ello al haber estado ante un factor problemático del clima - que por el solo hecho de este haber tenido acaecimiento la obligación no se habría llevado a cabo".
Pontecorvo no observa la razón central de la denuncia que estuvo en el contrato que fijó los pagos a la empresa POR DÍA Y POR CUADRA. Peor aún, desconoce este punto incluso señalando que existe una Ordenanza (11.430) que plantea la "prohibición de circular hasta pasadas 48 horas posteriores de un día de lluvia por calles de tierra".

Para no dejar dudas de su análisis jurídico, exacto y preciso, en otro párrafo la Dra. Pontecorvo vuelve a desconocer la clave de la demanda penal al rubricar que "si por las razones mencionadas - sean de fuerza mayor, imprevisibles, acordadas por los dependientes o resueltas por una autoridad superior - la recolección de desperdicios en ciertas jornadas no habría podido ser llevada a cabo, ante la reanudación de la labor respectiva habría sido la misma empresa concesionaria la encargada de salvar y remediar aquel retraso y / o inconveniente que la haya azotado y, por ende, la que luego se encontró en condiciones de percibir el pago por el servicio prestado...".

La interpretación de la sagaz investigadora es que si El Trébol no levantó la basura un día martes y lo hizo el día siguiente, no hay delito alguno, cuando la cuestión es que los pagos se hicieron por el día martes no servido y miércoles cumplido, ya que el contrato dice POR DÍA Y POR CUADRA, y a lo largo de doce años de prestación NUNCA el Municipio pagó todo sin descontar un solo peso por servicios no prestados.

El 21 de octubre del año pasado la Dra. Luisa Pontecorvo archivó la denuncia penal contra los funcionarios Andrés Arregui, Mariano West, Daniel Navarro, Gustavo Ficosecco, Charles Buratovich Hermann y Marcelo Martinelli.

Un año después del pase al archivo de la causa por la basura, entiéndase recolección de residuos domiciliarios, Desalambrar accedió a un documento público que debe ser socializado.


 



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