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EL PRESIDENTE GARCÍA CONVOCA ESTA TARDE A UNA REUNIÓN –

Martín Fraiz de Unidad Ciudadana lanzó en el recinto de sesiones una frase positiva: El Trébol le roba al pueblo de Moreno.

Desde la misma banca de Unidad Ciudadana el concejal José Barreiro propuso la creación de una Comisión Especial y la aprobación resultó unánime.

Hoy, 14 de septiembre, el presidente del Concejo Deliberante convoca a sus pares a las 18 horas invitándolos a la reunión de comisión especial con el fin de conformar la Comisión Investigadora (Empresa El Trébol y La Perlita).

Hoy, 14 de septiembre a las 10 horas, fue convocada una sesión extraordinaria para repudiar los hechos ocurrido el día 12/09/18 con Corina De Boni, en el Distrito de Moreno. Por conformación de quórum, tal vez, era oportuno aprovechar la presencia de los ediles en sesión extraordinaria y fijar un horario más cercano al mediodía para conformar, luego de 43 días de aprobado el proyecto, la Comisión Investigadora.

Es oportuno informar para qué y cuándo se pone en funciones una Comisión Investigadora. La Ley Orgánica de las Municipalidades en el Capítulo X, Sanciones y Procedimientos, INTENDENTE. Es de suponer que el cuerpo de concejales leyó el instrumento que dice, se crea una Comisión Investigadora con no menos de una cuarta parte de los mismos y representación de todos los bloques reconocidos, para juzgar al intendente en los siguientes casos (Artículo 249):

1 – Transgresiones diferentes a las previstas en el artículo anterior (Artículo 248, imputación el intendente en un delito doloso)

2 – Negligencias reiteradas que califiquen de grave la conducta en el ejercicio de sus funciones lesivas al interés patrimonial del municipio.

3 – Incapacidad física o mental sobreviniente.

Si los concejales entienden la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo en cuestión, deben poseer algunos elementos de juicio que, en las tres opciones, pareciera encuadrar en el punto 2 debido a que la empresa Trébol factura y cobra todo aún prestando una recolección deficiente.

La Ley Orgánica define plazos: la Comisión Investigadora tendrá como objeto reunir los antecedentes y elementos de prueba necesarios para la valoración de los hechos, que deberán ser precisamente definidos. Para ello tendrá un plazo de treinta (30) días.

Cumplidos los requisitos, el Intendente podrá efectuar descargos y aportar pruebas, a cuyo fin se le otorgará un plazo de diez (10) días.

Vencido este plazo, la Comisión deberá elevar al Concejo su informe en un plazo máximo de quince (15) días, para que en Sesión Especial califique la gravedad de los hechos.

Para disponer la suspensión preventiva deberá calificarse por decisión debidamente fundada la conducta juzgada, conforme lo dispuesto en los incisos 1), 2) y 3) del presente artículo, mediante el voto de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo.