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POR DESOBEDIENCIA, POR DESCONOCER UN FALLO JUDICIAL –

El pasado 27 de abril, el Juez Federal Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, DECRETA LA PROHIBICIÓN DE INNOVAR, ordenando la INMEDIATA SUSPENSIÓN de toda construcción, movimiento de tierra, ingreso de personas, como así también cualquier tipo de actividad dentro del predio, ubicado en la calle Merlo, entre Corvalán y Vicente López. El Polo Educativo de Mariel encuentra una segunda decisión judicial que frena la iniciativa innegociable. Lo que la política a través del diálogo no pudo resolver, es el Poder Judicial que repasa el expediente y frena cualquier intento de avance. A fojas CERO no hay nuevo Consejo Escolar, el sueño de Mariel, se demora la recuperación de la tierra para que la Universidad desarrolle la Escuela Secundaria Politécnica (ESPUNM).

Dos días después del fallo del Juez Federal de Mercedes, la Municipalidad de Moreno, por cuenta y orden de sus autoridades, violó la resolución, ingresó al predio con máquinas y retiró tierra. Por tal razón, acreditada en fotos y videos, el abogado Guillermo Eduardo Cony, apoderado legal de la Universidad Nacional de Moreno, presentó ayer la denuncia por «desobediencia» contra el Municipio. En la descripción señala que «el sábado 29 de abril de 2023 siendo aproximadamente las 10 horas, se presenta un funcionario del Municipio, en una camioneta de la Municipalidad de Moreno, con las llaves del candado que estaba en el portón de acceso al predio. Rompe la faja, abre el portón e ingresa una excavadora. También camiones que se llevan tierra. La Universidad Nacional de Moreno, al tomar conocimiento de esos hechos, se los hizo saber al Sr. Secretario del Juzgado, quien envió una patrulla de la Policía Federal de Mercedes. Al arribar la misma, ya no encuentra ni personal, ni la máquina, que fue retirada unos minutos antes que llegara la comisión policial. Sin perjuicio de ello, los documentos fílmicos y fotográficos que se adjuntan al presente, dan cuenta que la orden fue arteramente incumplida».

En la consideración del delito cometido, describe el abogado: «Para que se configure el delito es necesario que la desobediencia sea grave y además que dicha desobediencia se produzca frente a un mandato claro y expreso de un agente de la autoridad. Aquí nos encontramos ante un incumplimiento grave, toda vez que la orden dice expresamente que la prohibición abarca “El ingreso de personas”; “cualquier tipo de actividad en el predio” y prohibición de “movimiento de tierra”; por lo que puede verificarse que quien ingresó lo hizo con la llave del candado que contenía el portón de ingreso, vale decir aquel que fue notificado de la medida cautelar. Luego hizo ingresar la máquina vial retro excavadora, que comenzó a realizar movimiento de suelo. Todas esas circunstancias, tornan muy grave el incumplimiento, y de comisión dolosa».