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La noticia merece un encuadre. Hay dos corrientes universitarias que postulan una política territorial de sintonía fina con el Municipio de Moreno. Desde la legítima concepción ideológica trabajan puertas afuera de la casa de altos estudios pero también adentro. La Cámpora y el FEDUNM (Frente de Estudiantes en Defensa de la Universidad Nacional de Moreno) participaron de las elecciones en el Centro de Estudiantes el pasado mes de mayo siendo tercer y cuarta fuerza en una elección de cuatro propuestas. Pero ese resultado en las urnas no detiene el interés de ser protagonistas y florecen propuestas, sin observar los modos y las formas. Veamos las iniciativas. Asesorías jurídicas por parte de estudiantes de Derecho (carrera que inició este 2024):


Construcción de nueve (9) viviendas en la zona de Manantiales (Moreno Sur), trabajos realizados por estudiantes nucleados en FEDUNM, agrupación La Caveri, que acompañan a la ONG TECHO ARGENTINA que firmó un convenio con el Departamento Ejecutivo.


La Universidad Nacional de Moreno decide informar a la población, al mismo tiempo que marca límites a las agrupaciones. Los Departamentos de Ciencias Económicas y Jurídicas; Ciencias Aplicadas y Tecnología. Los comunicados subrayan que los dos proyectos NO forman parte de ningún proyecto institucionalizado de la Universidad.

Sobre las asesorías jurídicas la UNM advierte: «Ante el surgimiento de grupos de estudiantes y de agrupaciones ajenas a la Universidad y que en su nombre invitan a estudiantes de la carrera de Abogacía a formar parte de una campaña para prestar servicios de asesoría jurídica, en el marco de su propia profesión, a título personal y sin el correspondiente título habilitante, el Departamento de Ciencias Económicas y Jurídicas informa que esos servicios ofrecidos NO forman parte de ningún proyecto de extensión institucionalizada. Cabe mencionar que, cuando un estudiante participa activamente de un proyecto, lo hace en un territorio determinado y bajo convenios específicos, con la supervisión de un docente, un plan de acción detallado y una certificación que acredite esa práctica. Además, para acceder a este tipo de programas, es necesario cumplir con un porcentaje de avance en la carrera que asegure que el/la estudiante cuenta con los saberes mínimos requeridos de acuerdo al plan académico. En el caso de los/as estudiantes de la carrera de abogacía de la UNM, no sería posible dado que se encuentra cursando la primera cohorte. Teniendo en cuenta que se trata de una carrera que compromete el interés público, como lo establece el artículo 43 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, es importante aclarar que el ejercicio de esta profesión supone riesgos de modo directo en la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los/as habitantes. Por otra parte, advertimos que las asesorías ejercidas por personas que no cuentan con el título habilitante son ilegales y afectan intereses de las entidades que regulan el ejercicio profesional. De modo que la UNM no se responsabiliza por acciones fuera de este marco, ni por las asesorías, consejos u obras que se lleven adelante. Este tipo de acciones, irresponsables y deliberadas como las señaladas, dañan al ejercicio profesional, el quehacer universitario y buscan cuestionar o deslegitimar la acción propia de la universidad y el prestigio ganado por la UNM en este tiempo».


Respecto a la construcción de viviendas el comunicado de la UNM dice: «Ante el surgimiento de grupos de estudiantiles que, en nombre de la Universidad, invitan a voluntarios para construir viviendas, informamos que estas convocatorias son a título personal y NO forman parte de ningún proyecto institucionalizado de la Universidad. Cabe mencionar que, cuando un estudiante participa de proyectos de vinculación o extensión en el territorio, lo hace bajo la supervisión de un docente, un plan de acción aprobado, un convenio debidamente suscrito si hubiera otra entidad coparticipante y una certificación que acredite esa práctica y el cumplimiento de los requisitos que se consideren necesarios por parte de los estudiantes que los realicen, en cuanto a saberes mínimos requeridos de acuerdo al plan académico. Teniendo en cuenta que la formación y el ejercicio de la arquitectura compromete el interés público, como lo establece el artículo 43 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, advertimos que la UNM no se responsabiliza por acciones fuera de este marco, ni por las asesorías, consejos u obras que se lleven adelante por medio de proyectos no encuadrados en los términos indicados antes indicados.