La gestión tiene para mostrar que la excepción es regla. Un familiar de la persona que falleció y a quien una entidad gremial le absorbió sus haberes resultó incorporada. El Convenio Colectivo de Trabajo, en su artículo 13, fija que «familiares de trabajadores /as fallecidos en actividad deben recibir la propuesta de ingreso a la planta».
La lista que será materia de tratamiento en la Junta de Ascenso y Calificaciones lleva el número de 40 familiares que no fueron siquiera convocados o consultados».
Ariel González, dirigente del Sindicato de Trabajadores Municipales de Moreno (SITRAM), da cuenta que «no existe una excusa económica que sustente el incumplimiento del Convenio Colectivo porque el gobierno amplió la planta municipal que en la actualidad se acerca a 7 mil trabajadores /as municipales»:




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