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LA LICENCIA DE CONDUCIR YA TIENE CAPACITACIÓN DE GÉNERO

Hombres y mujeres, aspirantes /as a obtener o renovar la licencia de conducir deberán hacer, obligatoriamente, un curso de capacitación que intenta ampliar lo que se denomina ampliación de derechos. En los vistos y considerando de la ordenanza que se aprobó el día lunes, deben leerse y entenderse los sentidos.

VISTO: La necesidad de implementar políticas públicas efectivas y concretas prevenir la violencia de género, siendo indispensable, por ejemplo, incorporar la perspectiva de género y la legislación vigente en la materia, en la formación para la obtención de la licencia de conducir. capacitando a los conductores y las conductoras de manera obligatoria y permanente

CONSIDERANDO: Que lamentablemente la violencia de género en todas sus formas permanece en nuestro acontecer cotidiano, a veces naturalizada en comportamientos y en actitudes recurrentes.

Que el acoso callejero. tan solo para nombrar un ejemplo, es una de las expresiones de la violencia de género y ocurre en el espacio o de acceso público, de forma diaria.

Que actualmente, y gracias al gran trabajo del colectivo de mujeres y LGTBIQ se ha avanzado en la prevención. siempre mediante el empoderamiento de la mujer y las diversidades, pero no así abordando e interpelando a las masculinidades.

Que las campañas de prevención y capacitación se orientan a romper el circulo de silencio. a denunciar, a tomar medidas de protección. pero nada se ha trabajado desde la óptica de los varones agresores.

Que las medidas estatales adoptadas evidentemente han sido insuficientes, dado que el flagelo de la violencia avanza y los índices de femicidios en aumento. Por ello es indispensable impulsar políticas públicas que tengan un impacto real y sostenido en el tiempo, con herramientas pertinentes para paliar 1, las condiciones de desigualdad a las que las mujeres se encuentran sometidas. e incluso romper este mandato de tener que ser ellas mismas las artífices de la prevención y de la solución,

Que este proyecto será una instancia Obligatoria de capacitación, y transmitirá a varones y mujeres de la ciudad información profesional y adecuada sobre esta problemática al momento de tramitar la licencia de conducir, en relación directa con las normas de convivencia urbana.

Que la inclusión, en los cursos de capacitación que actualmente se dictan al otorgar las licencias, de Contenidos mínimos curriculares de perspectiva de género ejercicio de la tolerancia, el respeto y la libertad en las relaciones interpersonales, el respeto y la igualdad de las diversidades sexuales y la democratización de las relaciones familiares, es fundamental como medida de prevención.

ORDENANZA

Articulo 1 0. – Incorpórase en el Curso teórico de entrega de licencias de conducir. contenidos con PERSPECTIVA DE GÉNERO, incluyendo información sobre violencia de género, diversidad y derechos de las mujeres, niñas y adolescentes

Art. 2. – El mismo se implementará de manera articulada entre la Secretaria que tenga injerencia en Género y Derechos Humanos, y la Dirección General de Tránsito, 0 las dependencias que en el futuro las reemplacen.

Art. 3 – Establézcase el carácter obligatorio de la formación con perspectiva de género a todas aquellas personas que soliciten su licencia de conducir municipal por primera vez en cada categoría; así como a los exámenes teóricos ya establecidos por la normativa municipal.

Art 4. – Las áreas responsables del programa deberán elevar un informe anual a este Cuerpo, que dé cuenta de: la cantidad de licencias otorgadas y personas alcanzadas en el programa.