Espacio Publicitario

publicidad
publicidad
publicidad

EL OFICIALISMO NO CONQUISTÓ EL QUÓRUM –

Había una sesión extraordinaria, bien prevista con 24 horas horas de notificación a los ediles. Era el momento de sacar ordenanzas, una en especial. Los vendedores de la plaza y calles céntricas estaban listos para aplaudir, como sucedió con la primera sesión extraordinaria del año (mes de febrero).

Corresponde informar que el oficialismo tiene 12 concejales sobre un total de 24 legisladores. Pero Cintia González, diferenciada públicamente de Festa, no iba a estar en el recinto de un Poder Legislativo ambulante, carente de espacio propio. Así llegó el gobierno a la sesión del viernes, teniendo certidumbre que la falta de quórum era posible:

1- El Frente 1País tenía cinco concejales en diciembre pero Karina Álvarez tomó distancia del frente y ya es unibloque. Nadie del massismo concurre cuando el proyecto no regula la venta ambulante sino que crea puestos fijos, cuando es el mismo que la intendencia pretendió sacar a mediados de febrero.

2- CAMBIEMOS, con un bloque de seis concejales, obtiene una acción conjunta de no dar quórum a pesar que no fluye bien la comunicacíón o no se encuentra “lugar” para debatir y acordar la política del frente.

3- El oficialismo tenía claro que Cintia González no acompaña esa ordenanza (como está hoy); que Karina Álvarez juega sin conducción y va al recinto. A la mañana del viernes el tablero ya les daba 12 presentes seguros.

La cocina tiene sus secretos y, el viernes por la mañana, los ingredientes no estaban (todos) en la mesa del consenso porque el proyecto era el mismo que volvió la comisión dos semanas atrás, es decir, la preparación del producto no tiene la cocción que las partes pretenden.

Sin embargo hay que reconocer que el equipo de Unidad Ciudadana – Frente para la Victoria buscó hasta las 16 horas (la sesión se convocó a las 15 horas) convencer a un concejal /a (desconocemos nombre y apellido, no está claro a qué bloque pertenece) y alcanzar la mitad más uno necesaria. El número 13 fue imposible de conseguir.

 

ESPEJO RETROVISOR

Mucho antes de la sesión extraordinaria que en la tarde de AYER no tuvo a 13 personas sentadas en sus bancas, hay hechos que habilitan interpretaciones múltiples. Lo más cercano es la decisión ejecutiva de Festa de impedir casi completo lo que se bautiza como “venta ambulante en la Plaza San Martín y veredas céntricas”. A propósito, el intendente percibió que el consenso político fue mayúsculo, que no hay voces dispuestas a cuestionarlo aún cuando el “modelo” nacional promueve menos trabajo, más precarización y sostenimiento de la pobreza.

Pero antes de este producto existe una ordenanza del año 2007 que buscó regular la “venta ambulante”, que está en vigencia y que, tanto el Ejecutivo como el Poder Legislativo, no quisieron o pudieron hacerla valer. Se otorgaron permisos limitados, entonces, ¿por qué el desmadre inundó la Plaza San Martín? En verdad, el proceso bajo análisis no tiene su origen en diciembre de 2015 pero sí alcanza su apogeo en enero de este año. La no regulación, hasta comprendida en tiempo de crisis, falta de empleo, pobreza y pérdida de derechos, abrió paso a una tercerización del espacio público. Este escenario, para nada desconocido por la “institucionalidad”, revela cómo y qué produce el piloto automático. El Concejo Deliberante que es el poder concedente,no controló que el Poder Ejecutivo cumpla con la ordenanza vigente desde el año 2007 que aceptó permisos provisorios para vendedores. El Departamento Ejecutivo, si es exitió un guiño para ampliar el número de puestos en la Plaza, ¿acordó con el Concejo Deliberante algún tipo de autorización o lo hizo independientemente? En cualquiera de los hipotéticos casos no hubo dinámica de funcionamiento natural de esos poderes cuando son los primeros que tienen que entender, comprender y cumplir las ordenanzas. Por lo tanto es sesgado en análisis cuando se afirma que el desmadre en la Plaza San Martín, así definido por el gobierno y oposición, no es única y exclusivamente por el aumento de vendedores a partir de las medidas de ordenamiento que Rodríguez Larreta aplicó en Once y Liniers. Tampoco por una mirada local – nacional que esboza en las mesas de poder y en la calle una indisimulable cuestión racista y discriminatoria. Más en lo profundo y, a partir del no ejercicio de los órganos de gobierno, se trata de un pérdida de territorialidad. Los hombres que hace muchos años construyeron en la calle el modo de sobrevivir y vivir, sienten un derecho ganado, que el espacio les pertenece y que pueden, incluso, convertirse en dadores de empleo. Son ellos que aceptaron la medida de Festa de “recuperar la Plaza San Martín y veredas céntricas” por creer con seguridad que una “nueva ordenanza” los entiende y los contiene. No hubo cortes de calles, quema de neumáticos y protestas, escenarios que vimos cuando la situación económica y social era más saludable.

Tal vez era un paso intermedio, tanto para el Poder Ejecutivo y Concejo Deliberante, hacer cumplir la ordenanza del año 2007 y luego revisar los cambios que la actualidad y el futuro inmediato demandan.

LO PARTIDARIO

La falta de quórum que imposibilitó la sesión extraordinaria de ayer, ofrece algunas miradas. Por un lado, el intendente sabe que en el tema puestos fijos (no venta ambulante) la oposición (massismo y CAMBIEMOS) tienen coincidencias sin necesidad u obligación de acordar un plan en común, todo en la medida que persista el proyecto de ordenanza original. En sintonía fina, Unidad Ciudadana / Frente para la Victoria está obligado a ceder, consensuar o resignar algunos puntos del proyecto, salvo que convenza a uno o varios /as concejales que pueden reconocer su poder en el voto (como ocurre en cualquier cámara legislativa). La coherencia no es un valor que la dirigencia (en general) exhiba en este estos tiempos, por lo que se vuelve imprudente pensar quién ganó o perdió en la tarde de ayer. El conflicto tiene varias aristas y por ello debería contar con un abordaje holístico de la clase dirigente que gobierna Moreno porque el problema general excede la compra o venta.

 

LA ORDENANZA

Si el ordenamiento de la venta ambulante fracasó en la gestión Arregui y luego West, el intendente Festa toma ese resultado para sostener que no hay espacio para lo ambulante y sí para puestos fijos. En los considerando del proyecto ejecutivo, se puede leer lo siguiente: “… la presente medida se intenta generar instancias de protección de los derechos de los distintos actores involucrados sin menoscabar derechos de sus semejantes. Que con ese fin se establece la siguiente ordenanza a efectos de trazar principios rectores que contemplen la seguridad y salubridad de todos los vecinos de Moreno. Que por ello se ha tenido en cuenta que la venta en puesto fijo no obstaculice el transito de peatones ni la visión vehicular, que tampoco perturbe el uso y goce del propietario o habitante del inmueble frente al cual se instale, que no se desenvuelva en sitios destinados al ascenso y descenso del transporte de pasajeros, frente al acceso a reparticiones públicas, entidades bancarias, educativas, salas de espectáculos públicos, hospitales, sanatorios, garajes y templos de cualquier culto reconocido. Que asimismo se intenta proteger el derecho de competencia de los comerciantes, al regular y reconocer como contribuyente responsable a quienes se dedican a la actividad en vía publica”.

Con ese marco aparecen los artículos que derogan la ordenanza 2948 del año 2007 para que nazca el nuevo cambio. En el Artículo N° 1 señala: “Se entiende por venta con puesto fijo aquella actividad comercial en la que el titular del permiso se instala en un sitio determinado y autorizado por la Autoridad de Aplicación (Subsecretaría de Inspección y Habilitación), sin desplazarse, confinando la misma a escaparate o stand, quedando expresamente prohibido todo tipo de venta ambulante. A estos fines se entenderá que la única comercialización de productos autorizada en vía pública en el distrito será la regulada por la presente”.

Los registros que otorga la Autoridad de Aplicación son instransferibles, por el plazo de un año, renovables y revocables. Se crea un Registro de Aspirantes. La cantidad de puestos a preseleccionar dependerá de las características del espacio urbano donde pretendieran asentarse. Hay un orden de prelación entre los postulantes otorgándose prioridad a quienes demuestren antecedentes de estar desarrollando este tipo de actividades de comercio como así también antigüedad, tanto de rubro como de localización, y situación socio económica, determinación que contará con la intervención de las áreas correspondientes de la Secretaria de Desarrollo Social

Respecto al canon que deben pagar los “elegidos”, el proyecto sólo contempla (hasta ayer) la unidad de medida y no la cantidad. Se tomará como referencia de 1 (un) modulo el valor de 75 (setenta y cinco) litros de la nafta premiun, valor obtenido desde el A.C.A (Automóvil Club Argentina) central La Plata.

El artículo N° 8 de la ordenanza que no pudo aprobar ayer por la tarde el oficialismo, refiere a la zona y condiciones de venta en puesto fijo:

El horario de venta autorizada será de lunes a domingo de 06 a 20 horas.

No podrá instalarse puestos fijos frente a un local comercial que explote el mismo rubro que pretende desarrollar. La distancia mínima entre el local instalado y el puesto de venta en la vía pública no podrá ser menor a CINCUENTA (50) metros.

La distancia minima entre puesto de venta fija y otro de igual condiciones deberá ser mayor a 50 (cincuenta) metros.

Se tendrá en cuenta que sí el puesto de venta en la vía pública se encontrare instalado frente a un local y este cambiara de rubro y el nuevo rubro coincidiera con el explotado por el permisionario, el mismo deberá modificar el rubro o solicitar nuevo emplazamiento. Siempre se le dará prioridad en el rubro explotado al local instalado, debiendo el puesto de venta en la vía publica adaptar el rubro para la venta o traslado, caso contrario deberá dejar de funcionar. Se autoriza al D.E. a modificar rubros y puntos de venta que resultare pertinente en el marco del presente artículo.

Son requisitos para los aspirantes:

Ser mayores de edad.

Acreditar domicilio en el partido de Moreno, con una residencia no menor de CINCO años.

No poseer deudas con el municipio (ni impositiva, ni contravencional)

Acreditar que constituye su única fuente de ingresos, con excepción de AUH, pensiones o Jubilación mínima que pudiera percibir.

Informar a modo de declaración jurada, el producto que pretende comercializar y garantizar que los mismos cumplen con la normativa nacional, provincial y municipal que pudiera ser de aplicación conforme el rubro, así como la legalidad de su origen.

Acogerse al régimen impositivo que le correspondiere.

Sobre los puestos y sus características:

ARTICULO 9º: DE LOS PUESTOS:

La instalación se realizará conforme la estructura que autorice la Autoridad de Aplicación. La estructura deberá ser solventada por el permisionario y deberá observar las siguientes características:

a) El puesto no podrá exceder de los 2 metros de largo por 1 de ancho y deberán estar colocados a una distancia de 1.80 mt desde la línea municipal y 80 cm desde el cordón a efectos de no entorpecer el transito de los peatones.

b) En aquellos casos en los que se comercialicen alimentos o similares, se deberá contar con la ropa adecuada a efectos de preservar la higiene y salubridad. No se podrá realizar la elaboración de productos in situ, todo producto deberá ser previamente fracionado según normativas vigentes Nacionales, Provinciales y locales.

c) Deberá exhibirse el permiso junto a la foto que acredite la titularidad y la ordenanza de autorización.

d) El puesto deberá ser atendido por el titular del permiso o familiar directo. No se podrá contar con ayudantes o empleados.

e) Se deberá demostrar, en caso que la autoridad lo requiera, el origen lícito de los productos puestos a la venta.