LA INTENDENCIA ADVIERTE QUE FALSEAR DATOS DERIVA EN SANCIONES y CESANTÍA –
El protocolo por el avance de la pandemia define los criterios de excepción (licencias). Cada Secretaría debe recopilar la información de los «agentes» (así lo expresa el comunicado) quienes quedan obligados a «presentar antes de finalizar el mes de julio un certificado médico (en papel o virtual) que acredite su condición de salud«.
Los /as trabajadores /as de 60 años de edad (o más) están exceptuados de realizar el «trámite». Las compañeras /as que tienen hijos menores a cargo deberán completar una declaración jurada (en formato virtual) en el área donde desarrolla sus tareas laborales.

ATENCIÓN
1- EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA OBLIGATORIA IMPLICA EL CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA DE AISLAMIENTO OBLIGATORIO |
2- EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA OBLIGATORIA IMPLICA EL CUMPLIMIENTO DE TAREAS MEDIANTE EL SISTEMA DE TELETRABAJO |


Los/as trabajadores/as deberán comunicarse con su área de trabajo, no dirigirse a la Subsecretaría de Recursos Humanos o a la Dirección de Personal.

FALSEAR O ADULTERAR LA PRESENTE DECLARACIÓN JURADA SERÁ CONSIDERADA FALTA GRAVE Y EL AGENTE SERA PASIBLE DE CESANTÍA
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