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TRECE PERSONAS EN MORENO 3ª / VILLA ZAPIOLA –

Los que transitan el encierro, aquellos que son albergados en dependencias policiales hasta que un Juzgado de Garantías resuelva o extienda la prisión preventiva y el traslado a un servicio penitenciario, sobreviven el colapso, respiran hacinamiento, están lejos de recibir garantías procesales y humanas.

Algunos Familiares de las personas alojadas en la Comisaría de Zapiola acercan por este medio dos noticias. La primera trata de la presentación ante Garantías (Juzgado N° 5) de un recurso de habeas corpus colectivo con la ley 11922 (Código Procesal Penal) en la mano y los artículos citados con el máximo respeto a la autoridad.

CAPITULO V: Habeas Corpus

ARTICULO 405.- (Texto según Ley 13252) Procedencia.- La petición de Hábeas Corpus procederá contra toda acción u omisión que, directa o indirectamente, de modo actual o inminente, en forma ilegal o arbitraria, causare cualquier tipo de restricción o amenaza a la libertad personal.
Especialmente procederá el Hábeas Corpus contra toda orden de detención o prisión preventiva que no respete las disposiciones constitucionales o aquellas que regulan la materia en este Código (artículo 144º y siguientes) o que no emane de autoridad competente. También corresponderá en caso de agravamiento de las condiciones de detención o en el de desaparición forzada de personas.

La infraestructura edilicia, los servicios básicos, la alimentación, prestación médica urgente, un caso de asma crónica y otro de tuberculosis (aislado). Cuenta con único celular (autorizado) para todos los detenidos que la policía lo «ofrece» únicamente los días martes en horario de visita (viente minutos cada uno). No se permiten esquelas o cartas, están aislados en todo sentido. Denuncian que el sábado por la noche la comisaría no tuvo luz, careció de agua y los sanitarios tapados. La presentación urgente busca que se visualice un derecho: «arresto domiciliario».

La segunda noticia: mañana comienzan una huelga de hambre.