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Corrió el mes de septiembre y las respuestas que pidió el juez federal a organismos provinciales y nacionales finalmente tomaron luz (para las partes) el pasado 18 de octubre. Fiel a la costumbre, las autoridades universitarias informan a la comunidad de madres y padres de la Escuela Secundaria Politécnica (ESPUNM) lo que ocurre, desde la visión que se tiene como actor de la demanda. Añade el sitio donde cualquier persona puede acceder a las contestaciones oficiales es decir, cualquier interesado /a puede leer qué POSTURA tiene el gobierno de Axel Kicillof, defensor de la educación universitaria y la POSICIÓN de la administración de Javier Milei, a priori quien desfinancia y ataca los gobiernos universitarios. Frente a esta soberana contradicción discurre la solución que tendrá lo que excede a la pelea por un pedazo de tierra.


A lo largo del proceso y en diferentes circunstancias, políticas y judiciales quedó expresado, sin doble interpretación, que la parcela es propiedad del Estado nacional.


La Municipalidad de Moreno logró con el gobierno de Axel Kicillof – vía ARBA y Registro de Propiedad Inmueble- anular el plano de subdivisión que ya había presentado la Universidad Nacional de Moreno y reconocer otro de la gestión Fernández donde la lonja está vacía, esto es, no existen las instituciones públicas que allí funcionan.


De las respuestas que ya están en poder del juez (NdR: ya no es González Charvay de Campana sino el Dr. Oscar Alberto Papavero de San Martín), la determinante es la que emite la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF). Primero responde y define que «no ha recibido formalmente
transferencia de dominio del predio, por lo tanto, patrimonialmente el inmueble continúa bajo su jurisdicción».
Esto significa con claridad que el GOBIERNO NACIONAL no reconoce de modo alguno que la Municipalidad de Moreno es propietaria de la tierra DONDE hoy construye oficinas comerciales con el Fondo de Financiamiento Educativo que luego debe rendir.


Pero hay otro párrafo más contundente de la SENNAF, administración Javier Milei. Niega los convenios que llevó la Universidad Nacional de Moreno para defender su derecho a la tierra, aclarando la abogada de la SENAF, «que no sean de expreso reconocimiento de mi parte«. NO obstante lo central es que el procedimiento del Municipio de Moreno y de la Provincia de Buenos Aires (ARBA y Registro de la Propiedad Inmueble) no es LEGAL ni LEGÍTIMO.


1- ARBA y la Dirección Provincial de Registro de la Propiedad Inmueble no obraron legítimamente o dentro del ordenamiento jurídico. Los actos administrativos de esos organismos de los que se vale el Municipio de Moreno para llamar a licitación y adjudicar por segunda vez la misma obra (Consejo Escolar y otras oficinas gubernamentales bonaerenses) no están realizados de forma legal y legítima, no SON VÁLIDOS.


Quien le informa al Juez, la PROPIETARIA de la parcela, señala que las actuaciones estás viciadas porque la SENNAF no renunció a la tierra ni habilitó a NUEVOS USOS.


2- La afectación efectuada en el plano 74-245-2012 «Reserva de Equipamiento Comunitario » no implica que sean de aplicación las leyes provinciales 8912 y 9533 y/o cualquier otra normativa que implique
el cambio del titular registral.


3- La afectación efectuada en el plano 74-245-2012 «Reserva de Equipamiento Comunitario» NO SE REALIZÓ con el consentimiento por parte del Estado Nacional y/ o Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y/o de la UNM y/o Municipalidad de Moreno.


La abogada de la SENNAF la dice al señor juez que la Matrícula que lleva el nombre y apellido de Mariel Fernández, Intendenta de Moreno, no es LEGAL ni LEGÍTIMA.


Hay más puntos que sostienen la misma calificación de ILEGAL e ILEGÍTIMO, desconociendo cualquier derecho dominial a favor de la Universidad Nacional de Moreno y de la Municipalidad de Moreno.


«Mi mandante llama la atención respecto de la gravedad de lo que se lo está discutiendo en la causa pues tanto la Municipalidad de Moreno, la Universidad de Moreno y el Registro de la Propiedad Inmueble de la
Provincia de Bs. As. dan por hecho que existió una desafectación de un inmueble del Estado Nacional y su posterior transferencia a un tercero en forma gratuita y sin voluntad expresa
«, expresa la abogada.


En la conclusión advierte que la Municipalidad de Moreno DEBE presentar ante el gobierno de Javier Milei una solicitud del USO de la tierra para que funcione el NUEVO CONSEJO ESCOLAR, una política que no se inscribe en la finalidad superior que está detallada así: «Lo actuado por la ex SENNAF en el caso aparece entonces, que utilizando sus facultades legales para otorgar la cesión de uso de inmuebles de propiedad del Estado Nacional, como una salvaguarda del derecho a la Educación que permitía a quienes deseaban cursar estudios universitarios tener un lugar cercano donde llevar adelante los mismos y a la vez contemplaba los derechos de los menores, cuyo interés superior debe constituir la preocupación primordial, de todos los involucrados en la presente causa. Y en este punto donde se unen las derechos y obligaciones del Estado Nacional como el de la Provincia de Buenos Aires, el Municipio de Moreno y la Universidad de la localidad, cuanto que se debe proteger los derechos de los menores a una educación. Procede en el caso aplicar el instituto del conglobamiento de instituciones, consistente en recurrir a las normas mas favorables de cada régimen legal al bien jurídico superior que se debe tutelar. En la especie, el interés superior del niño«.


Para finalizar el aporte periodístico a una situación de envergadura institucional, queda en claro que la Municipalidad de Moreno, en uso de sus facultades, debería detener la obra llamada POLO EDUCATIVO sin jugar a la ruleta de la justicia, si es que el EQUIPO de abogados /as que encabeza el Dr. Berguier, interpreta lo siguiente que está ya en la causa judicial:


«Si la Municipalidad y/o la Universidad de Moreno pretende hacer un uso del inmueble distinto al que fue objeto de convenio (el cual esta vencido) lo que corresponde es que haga una presentación ante mi mandante requiriendo autorización para el nuevo uso que pretende darle al inmueble en cuestión. En sentido, no compete a representada expedirse respecto de las licitaciones que decida realizar el Municipio, lo que no puede hacer es ejecutar ninguna acción sobre un predio que no le pertenece y no posee permiso para actuar. Mi representada ha cedido para el Uso y Goce un predio que beneficia principalmente a la Ciudadanía del Municipio de Moreno, los proyectos que se están llevando adelante son de índole educativa. Siendo los favorecidos menores de edad en razón que se trata de jardines, escuelas primarias y secundarias. Ahora bien, la alteración de los convenios subscriptos por el Estado
Nacional conllevaría a un retroceso en garantías otorgadas a menores de edad respecto de su derecho a una educación«.


Aquello que fue subsumido por calificaciones o descalificaciones, juego de anular el debate, tiene una exposición evidente: el gobierno nacional es el PROPIETARIO de la tierra y NO AUTORIZA ninguna obra sobre su tierra. Si la Municipalidad de Moreno no solicita permiso y reafirma su voluntad de construir a como de lugar, ¿qué falta para que La Libertad Avanza detenga la estratégica obra de Mariel Fernández que anula el proyecto de una escuela secundaria de calidad?