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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena contra la Provincia de Buenos Aires por no haber actuado de manera eficaz ante las reiteradas denuncias realizadas por una mujer que durante años advirtió sobre amenazas y situaciones de violencia antes de ser asesinada.


La decisión del máximo tribunal ratificó la responsabilidad del Estado bonaerense por las omisiones registradas frente a un riesgo que había sido puesto en conocimiento de distintos organismos públicos a través de numerosas presentaciones y pedidos de ayuda.


El caso remite al femicidio de Delfina «Petty» Curuil, ocurrido en Bahía Blanca el 2 de marzo de 2009. La mujer, de 62 años, fue asesinada por Adrián Gon, de 25, quien la atacó en represalia porque el hijo de la víctima había matado previamente a su hermano. Antes del crimen, Gon había formulado amenazas en reiteradas oportunidades.


Según quedó acreditado en el expediente, Curuil denunció varias veces la situación y solicitó protección a las autoridades. Sin embargo, las medidas adoptadas resultaron insuficientes y no lograron impedir el desenlace fatal.


La demanda fue impulsada por los familiares de la víctima, quienes reclamaron una reparación económica tanto contra el autor material del homicidio como contra la Provincia de Buenos Aires. Durante el proceso sostuvieron que el Estado contaba con información suficiente para advertir el peligro que enfrentaba Curuil y que, pese a ello, no desplegó acciones adecuadas para protegerla.


El expediente, identificado como «Leiva, Mirta Noemí y otros c/ Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión indemnizatoria», fue analizado por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, que confirmó la responsabilidad estatal.


Luego de esa resolución, la Provincia intentó llevar el caso ante la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario. Sin embargo, el máximo tribunal rechazó la presentación y dejó firme la condena.


La decisión consolida un criterio cada vez más presente en la jurisprudencia: cuando existen denuncias previas, señales de alarma y conocimiento efectivo de una situación de riesgo, el Estado puede ser responsabilizado si no adopta medidas razonables para evitar daños graves.


FUENTE: INFOCIELO