DETIENEN A PRÓFUGO DE LA JUSTICIA Y SE ENTREGA OTRO POLICIA –
Por Pabla Ochoa– Hoy la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI) informó que desde el 18 de octubre el Sargento de la Policía Federal, Néstor González, responsable del asesinato de Sergio “Checho” Casal, quien estaba “prófugo” desde el 26 de marzo del 2014 cuando la justicia de Mercedes dispuso una pena de 15 años de prisión efectiva, fue detenido. Al cierre de esta edición, los medios masivos de comunicación informan que otro policía prófugo se entregó con una carta dirigida a la cuestionada Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich donde el represor explica que ahora confía en la justicia en la gestión de Macri.
Sergio «Checho» Casal
POLICÍA PRÓFUGO POR EL FUSILAMIENTO DE SERGIO CASAL FUE DETENIDO
Sergio Casal fue asesinado el 3 de junio de 2010 en la calle Demóstenes y Ruta 23 del partido de Moreno por el sargento Néstor Adrián González, de la comisaría 8ª de la Policía Federal de Balvanera que le disparó tres veces, dos en la espalda y una en la nuca. Checho es parte de las más de 5.000 personas víctimas del gatillo fácil.
En mayo del 2014, Gustavo Casal, hermano de Sergio, en diálogo con Desalambrar, señalaba en esos días cómo la familia era notificada de la noticia de la fuga de González: “De manera verbal nos dijeron que estaba detenido en Florencio Varela pero en el día de hoy le notifican a la fiscal Falabella que jamás fue detenido y que se encuentra prófugo desde el día de la sentencia. Estamos esperando que la fiscal libre la orden de detención de forma inmediata. Nosotros sabíamos que esto no terminaba el 26 de marzo, vimos algo raro cuando esta persona no se hizo presente en el tribunal cuando se leyó el fallo judicial. Estamos al pie del cañón porque sabemos que la justicia siempre le da ciertos privilegios a estos asesinos».
En la mañana de hoy, Ismael Jalil, abogado y militante de la CORREPI, informó a este medio: “A González lo detienen el 18 de octubre de este año en San Fernando donde estaba trabajando en una carpintería como seguridad privada, aunque no lo puedan creer. El domicilio aparentemente es el de siempre, lo que muestra que nunca lo fueron a buscar. Estas presentaciones que fuimos haciendo periódicamente desde la CORREPI fueron obligando a esta instancia donde Gendarmería, la fuerza que lo detuvo lo llevó a Junín, de ahí lo llevaron a la 49 y luego pidió el traslado a La Plata. Esta es la situación actual”.
La importancia de la lucha logró que la familia y la CORREPI llevaran a González a sentarse al banquillo de los acusados y lograr arrebatarle a la justicia una sentencia. El Estado le brindó al asesino todas las posibilidades de fuga y quedó en evidencia que no lo buscó por voluntad sino por la obligación que generaba cada presentación de la organización antirrepresiva para que no sigan haciendo la vista para el lado de siempre, la impunidad.
LA NOTICIA A ÙLTIMO MOMENTO: EL POLICÍA QUE FUSILÓ A JON CAMAFREITAS SE ENTREGÓ
Al cierre de esta edición, el diario Clarín en su página Web, informó que se entregó el policía Martín Alexis Naredo, integrante de la Policía Federal, que el 4 de septiembre del 2014 fue condenado por la justicia a cadena perpetua por el fusilamiento de Jon Carlos Camafreitas.
A continuación publicamos la carta con la que el represor se dirigió a la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
En el 2015, a un año de cumplirse la sentencia y la fuga de Naredo, la CORREPI, publicó un comunicado de prensa contundente que permite entender más allá de las excusas brindadas por el represor en su carta a Bullrich: El jueves 4 de septiembre de 2014, el ex cabo de la Policía Federal Argentina, Martín Alexis Naredo, anunció al Tribunal Oral nº 23, a través de su abogado, que no estaba en “condiciones anímicas” de presenciar la lectura de la sentencia en el juicio por el asesinato de Jon Camafreitas (18), ocurrido el 21 de enero de 2012, en el barrio porteño de Balvanera. El policía fue condenado a prisión perpetua, pero ya le habían dado permiso para irse a su casa. Se fugó sin necesidad de correr, porque le abrieron la puerta.Apenas unas horas antes, al término de los alegatos, desde la querella CORREPI advirtió a los jueces que si no garantizaban la presencia del homicida, que estuvo en libertad todo el proceso, dictarían una sentencia ilusoria. Nos respondieron que lo que pretendíamos violaba los derechos constitucionales del asesino, y, tal como lo previmos, Naredo se escapó.El tribunal demoró una semana en ordenar la captura del prófugo. Cuando finalmente lo hicieron, ordenaron medidas inconducentes, como vigilar el último lugar al que el homicida federal volvería: su domicilio. CORREPI les informó de inmediato algunos datos de interés, como que una hermana de Naredo trabaja en la Dirección de Migraciones, en el aeropuerto de Ezeiza. Lo “tuvieron presente” y nada hicieron. Los jueces encomendaron la búsqueda a la Unidad Especial de Inteligencia «Buenos Aires Norte» de Gendarmería Nacional, cuyo jefe, tras un año de búsqueda infructuosa, les pidió esta semana que ordenaran tres medidas elementales: 1) La intervención de los teléfonos de Naredo, su familia y su novia; 2) Realizar un informe patrimonial y financiero de la madre, hermanos, tíos, abuelos y novia de Naredo y 3) Pedir informes a Western Union y Correo Argentino sobre remesas de dinero de todos ellos. Nada muy sofisticado ni que no se pudiera haber hecho inmediatamente después de la fuga (de hecho, suponer que Naredo esté utilizando hoy los mismos chips que hace un año es un absurdo total). Sin embargo, el TOC, en una resolución de dos carillas y media, sólo aceptó ordenar lo más inútil de todo (la intercepción a los teléfonos del propio Naredo), con el argumento de que las medidas pedidas por gendarmería constituyen “ injerencias arbitrarias e ilegales en la vida privada del grupo familiar del imputado”; describe el comunicado sobre el accionar judicial para capturar a Naredo quien fusiló a Jon Camafreita. Con abundantes citas de pactos internacionales y de la Constitución Nacional, los jueces Luis María Rizzzi, Javier Anzoátegui y Carlos Alberto Rengel Mirat dijeron: “Las medidas requeridas respecto de terceros ajenos al proceso suponen una intromisión en la vida privada de estas personas, cuyo único fundamento es su pertenencia al entorno familiar del acusado, y cuya finalidad es establecer si, aleatoriamente, alguno de los integrantes del grupo seleccionado por la repartición peticionante, realiza alguna manifestación (telefónica) o alguna transacción (movimientos o transacciones de divisas) relacionadas directa o indirectamente con Martín Alexis Naredo. Sin embargo, esta severa injerencia en la vida privada de personas ajenas al proceso no está prevista en la ley”; apunta la Correpi sobre el accionar de los jueces. Así funciona el garantismo judicial cuando se ven forzados a actuar contra el aparato represivo estatal. Si Naredo no fuera policía, hubiera escuchado la sentencia detenido y esa misma noche hubiera dormido en un penal. Si en lugar de los teléfonos y movimientos de dinero de la familia de un uniformado, fueran los nuestros, o los de cualquier militante popular, los gendarmes ni siquiera necesitarían la venia judicial, y si la pidieran por un exceso de formalidad, los jueces lo hubieran concedido sin dudar. Esta resolución del TOC 23 vuelve a demostrar, como tantas veces antes, que el aparato judicial tiene la venda bien levantada, y mira bien de quién se trata antes de actuar. Lo que menos les importa es capturar al que ellos mismos ayudaron a escapar”.
El documento es contundente a mostrar cómo funciona el sistema judicial y como se brinda privilegios al brazo represor del Estado.
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