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Falta información o la misma es incompleta o deficitaria. Es incumplimiento o desconocer la ordenanza vigente. Se trata de la repetición de algo que tiene actualidad en la gestión de gobierno de Mariel Fernández: Parques Industriales.

En la sesión de ayer el concejal Juan Manuel Cíccolo, Pueblo Libre en el Frente de Todos, volvió a la carga sobre un tema que abre interrogantes: fideicomiso del Parque Industrial, qué cantidad de tierra dispone el Municipio de Moreno y a quiénes se les vendió. La falta en la que el legislador pone, una vez más la lupa, refiere a la Ordenanza 5623/13 que en sus artículos 30 y 36 que le impone al Departamento Ejecutivo y la actual administración del fidecomiso, remitir al Honorable Cuerpo, un informe mensual sobre el Desarrollo de los Parques Industriales Moreno, Sector Planificado I y II.

En el VISTO de la Resolución que fue aprobada por unanimidad, Cíccolo ratifica que el primer y único informe que se acercó al Concejo Deliberante fue deficitario y no contenía la totalidad de información requerida. El dato político – administrativo que se resalta del instrumento es que «se le otorga un plazo de 10 (diez) días al Departamento Ejecutivo para responder con precisión y amplitud, caso contrario las autoridades responsables son pasibles de una FALTA GRAVE.

PROYECTO

VISTO:

El artículo 30 y 36 de la Ordenanza 5263/13, y que por ella es obligación del Departamento Ejecutivo y de la actual administración del fidecomiso, remitir al Honorable Cuerpo, un informe mensual sobre el Desarrollo de los Parques Industriales Moreno, Sector Planificado I y II;;

Que a través del expediente 4078-223390-c-2020 se remitió el primer informe al HCD, pero que el mismo fue deficitario y no contenía la totalidad de información requerida;

CONSIDERANDO, Que dicha Ordenanza 5263/13, en su parte pertinente determina “El Departamento Ejecutivo elevará al HCD copia de los informes de avances necesarios, haciendo hincapié sobre los hechos más relevantes del desarrollo de los Parques Industriales. Los mismos tendrán una periodicidad mensual.”

Que existen hasta el momento, por la actual administración ,solo constancia del cumplimiento de UN informe del estado de Avance del Desarrollo de los Parques Industriales Moreno, Sector Planificado I y II; según expediente 4078-223390-c-2020 con fecha de inicio el día 25 de noviembre de 2020 y recepciónado por el H.C.D EN DICIEMBRE DE 2020.

Que desde la recepción de dicho informe, el cual debió ser requerido por el H.C.D, no se ha remitido uno nuevo por el Departamento Ejecutivo ni por la actual administración, el cual debe ser enviado con una periocidad mensual. Desconociendo el motivo de este nuevo incumplimiento.

Que debemos destacar que el único informe enviado y recepcionado por el H.C.D, sobre el estado de Avance del Desarrollo de los Parques Industriales Moreno, Sector Planificado I y II, es absolutamente deficitario. Esto en razón de que no realiza un informe detallado de la totalidad de lotes vendidos de los predios por los Integrantes del Consejo de la actual Administración, es decir no se detalle las operaciones realizadas, Cantidad de empresas ya instaladas, índice cuantitativo de valores a los que se realizaron las operaciones (precio de venta), copias de los boletos de compraventa ya firmados, donde se plasme la obligación ya asumida por el municipio-

Que la falta de conocimiento, por parte de éste Cuerpo de esos datos, impide el correcto control de gobernabilidad, determinado por la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, para los Concejos Deliberantes, ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, políticas y eventualmente judiciales de los funcionarios que omitieron el cumplimiento de la Ordenanza de marras.-

En virtud de todo lo expresado, en uso de sus facultades legales, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, dicta la presente:

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1°.– Solicítese al Departamento Ejecutivo, para que en plazo de diez (10) días, remita a este Honorable Concejo Deliberante, un informe por menorizado que contenga los siguientes puntos:

  1. Todos los informes mensuales, que no se remitieron o dejaron de remitirse a este Honorable Cuerpo.-
  2. En el caso de existir los Decretos del Departamento Ejecutivo, en virtud de los cuales, se fueron designando y removiendo cronológicamente, los integrantes del Consejo de Administración, posteriores al informe del mes de Noviembre de 2020.-
  3. Indique a éste Honorable Cuerpo, de manera clara, precisa y detallada todas las operaciones realizadas por la actual administración, es decir el porcentaje de propiedad que aún posee el Municipio, detallando para eso la cantidad de lotes vendidos, precios de los mismos, datos de los adquirentes, y modalidad de la compraventa (en cuotas, efectivo, transferencias etc.), acompañándose copias de los documentos que acrediten las ventas efectuadas. Este punto no fue cumplido en el último informe de la administración vigente en el mes de noviembre de 2020.
  4. Determine en la actualidad, si es la misma Institución que hace a la vez de Fiduciario, en los términos del artículo 27 de la Ordenanza 5263.-
  5. Determine de manera detallada, los montos ingresados, como así también la ejecución de los mismos, para verificar si se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 1°; inciso 7); 4° inciso 15; 28 y 31 de la Ordenanza 5263.-

ARTÍCULO 2°.– La falta de respuesta en el tiempo determinado, como así también las respuestas ambiguas, vagas o inconsistentes, serán tomadas como falta grave del Departamento Ejecutivo.-

ARTÍCULO 3°.– de forma