Ante la necesidad de la generación de nuevos canales de diálogo entre las partes empleadoras y trabajadoras en el ámbito del empleo municipal, este Ministerio de Trabajo asumió hace tiempo el compromiso de concretar la conformación del Consejo de Empleo Municipal, en cumplimiento del artículo 53 y concordantes de la Ley N° 14.656. Dicha ley fue sancionada en 2014, posteriormente reglamentada en el año 2016 durante el gobierno de María Eugenia Vidal y judicializada en 2018 debido a severas falencias que impedían su implementación.
En este marco la actual gestión de esta cartera laboral, generó consultas ante la Asesoría General de Gobierno respecto a los criterios de convocatoria y funcionamiento del Consejo de Empleo Municipal. El dictamen de la Asesoría del 7 de junio del presente año (ACTA-2026-19806817-GDEBA-AGG) facultó a este Ministerio para generar las medidas organizativas que considerara necesarias “para asegurar la representación prevista por la Ley N° 14.656, sin perjuicio de la facultad reglamentaria e interpretativa que le asiste para precisar aquellos aspectos operativos no expresamente contemplados por el legislador”.
En virtud del mencionado dictamen, a través de la Resolución RESO-2026-183-GDEBA-MTGP de 10 de agosto, el Ministerio de Trabajo estableció pautas claras para la convocatoria, integración y funcionamiento del Consejo. Se entiende que este paso compensa una deuda histórica con los trabajadores y trabajadoras municipales de la Provincia de Buenos Aires. En concordancia con las atribuciones conferidas, se convocará a una primera reunión organizativa.




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