La senadora bonaerense de Fuerza Patria, Fernanda Raverta, motorizó un proyecto titulado “Nosotras Construimos”, con el que busca implementar un cupo laboral obligatorio para mujeres en la industria de la construcción dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires, un área que históricamente estuvo ocupada por varones.
En concreto, el articulado establece que la nómina de personal destinada a la ejecución de cada proyecto u obra específica deberá estar integrada por un mínimo del 10% de mujeres. La propuesta garantiza una participación equitativa en todas las etapas y roles, desde las tareas operativas de campo y técnicas hasta los puestos de supervisión y conducción de obra.
“A pesar de los avances en materia de derechos, la participación de mujeres en esta actividad sigue siendo escasa, alcanzando niveles por debajo del 5% del total de la nómina nacional. Entendemos necesario abordar el tema ya que nuestra jurisdicción concentra el mayor volumen de obra pública del país”, justificó Raverta en los fundamentos de su planteo.
La propuesta oficialista tendría carácter obligatorio en toda obra pública ejecutada por el Estado provincial, sus organismos descentralizados y autárquicos, y las empresas y sociedades estatales. Asimismo, la dirigente marplatense extendió la medida a las firmas privadas adjudicatarias de contratos públicos y a las obras privadas que gocen de exenciones impositivas o subsidios provinciales.
En ese sentido, la empresa contratista tendrá la potestad de seleccionar libremente al personal femenino para cubrir el cupo. En caso de que la contratación directa no permita cubrir las vacantes, la firma deberá requerir trabajadoras a la Bolsa de Empleo de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA).
“Las empresas deberán garantizar el cumplimiento del cupo mínimo, en caso de no contar con el personal idóneo, deberá recurrir al sindicato de la actividad que, actuará como garante; y si el personal no existiera, la certificación sindical funciona como un resguardo legal que exime de sanciones”, advirtió Raverta.
Bajo esa premisa, la firma constructora deberá acreditar ante el Gobierno bonaerense el cumplimiento del porcentaje de participación mínima obligatoria mediante una declaración jurada. El documento deberá incluir el listado detallado del personal afectado a la obra, sus datos personales, su categoría profesional, y la inscripción de las trabajadoras en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC).
En caso de que la empresa no alcance el cupo por ausencia de perfiles, también deberá presentar la certificación de vacante no cubierta por la Bolsa de Empleo de la UOCRA. Ese documento será la única vía para acreditar la falta de trabajadoras disponibles y justificar el incumplimiento de la obligación.
Por su parte, la autoridad de aplicación que determine el Gobierno provincial verificará la presencia efectiva de las trabajadoras en el sitio de obra y contrastará la situación con la documentación presentada. A su vez, la entidad sindical podrá realizar controles y denunciar cualquier irregularidad o incumplimiento de las obligaciones establecidas en la iniciativa.
FUENTE: DIPUTADOS BONAERENSES




MÁS HISTORIAS
«Por primera vez el servicio de transporte se piensa de manera cristiana»
Una ley contra la ludopatía: “Hay que hacerse cargo y establecer penas”
«El racismo no es una opinión, es violencia estructural»: fuerte repudio a Hebe Casado en Mendoza