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La Libertad Avanza (LLA) bonaerense avanzará con un pedido de juicio político contra la jueza Marta Elba Pascual, quien dispuso la suspensión por 60 días de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil. Desde el espacio libertario cuestionaron la decisión y consideraron que la medida interfiere con una norma sancionada por el Congreso de la Nación.


Además, desde LLA señalaron que la resolución judicial “profundiza la situación de impunidad” que, según sostienen, atraviesan los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires.


De acuerdo con fuentes consultadas por la Agencia Noticias Argentinas, Sebastián Pareja, presidente de LLA bonaerense, encabezará junto a sus equipos técnicos y políticos una mesa de trabajo destinada a definir la estrategia y el mecanismo para avanzar con la eventual destitución de la magistrada.


“Es una jueza del poder, de la política bonaerense, que piensa exclusivamente en los intereses de lo peor de la política. Está intentando frenar una ley votada democráticamente por el Congreso y que viene a resolver un problema que la sociedad reclama”, sostuvo Pareja.


El dirigente libertario también apuntó contra el kirchnerismo y el peronismo y aseguró que “siempre van a encontrar una excusa que les permita liberar a los delincuentes”.

En ese sentido, Pareja comparó la situación con las medidas adoptadas durante la pandemia y afirmó: “Ellos no piensan en las condiciones materiales cuando se trata de las víctimas, sólo protegen a los delincuentes”.


LA MEDIDA DE AMPARO


El Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora dispuso suspender por sesenta días la aplicación de la Ley 27.801 en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, en el marco de un hábeas corpus preventivo colectivo promovido por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en favor de adolescentes privados de la libertad.


La resolución fue dictada por la jueza Marta Elba Pascual, quien aclaró que, debido a una cuestión de competencia vinculada con la conexidad de estas actuaciones con otro habeas corpus colectivo en trámite ante ese juzgado, el análisis cautelar quedaría limitado a la situación de los adolescentes privados de libertad en territorio bonaerense.


En ese sentido, la magistrada señaló que las restantes objeciones formuladas contra la nueva legislación —entre ellas, las vinculadas con su eventual contradicción con el bloque constitucional y convencional de protección de niños, niñas y adolescentes— deberán ser examinadas posteriormente y con la debida fundamentación.


Para resolver la medida urgente, el juzgado centró el análisis en determinar si la aplicación inmediata del nuevo régimen podía ocasionar una lesión grave, actual o inminente a los derechos fundamentales de los adolescentes privados de libertad.

Según sostuvo la jueza, la nueva normativa amplía el universo de adolescentes sometidos al régimen de responsabilidad penal, entre otras razones por la incorporación de jóvenes de 14 y 15 años, la modificación de los supuestos vinculados con delitos de menor escala penal y la aplicación de las penas previstas por la legislación de fondo. A criterio del tribunal, esos cambios podrían producir un incremento tanto en los ingresos al sistema como en el tiempo de permanencia de las personas detenidas.

La resolución advirtió que ese impacto, aunque pueda resultar progresivo, también podría presentarse de manera inmediata a partir de las modificaciones introducidas respecto de las detenciones y prisiones preventivas.

En ese contexto, la magistrada recurrió a un principio precautorio en materia de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes. Explicó que para disponer una tutela preventiva no resulta necesario esperar a que exista una afectación efectiva de derechos cuando hay elementos que permiten presumir razonablemente la posibilidad de una vulneración grave.