Fuente: ANRed.- “Estamos defendiendo la IP ( Iniciativa popular ) , que firmaron las poblaciones de la meseta y queremos que ese proyecto sí sea aprobado porque ahí sí se contemplan todos los derechos de los pueblos de la provincia del Chubut.” Por Corresponsal Popular, para ANRed
En Paso del Sapo, a sólo 40 kilómetros de la zona proyectada por la empresa minera con base en Canadá, Panamerican Silver, se realizó este último miércoles 9 de diciembre el “mesetazo urgente”.
Allí se encontraron comunidades mapuches-tehuelches de toda la meseta y de asambleístas ambientales de las localidades cordilleranas de Trevelin, Esquel, Epuyén, Lago Puelo, El Hoyo, Gualjaina y El Maitén.
Los reunió el mismo objetivo: decirle No a la contaminación del agua, la tierra, el aire y al saqueo que implica multimillonarias ganancia para las empresas mineras y pobreza extrema para sus habitantes en cuanto a lo ambiental, económico y socio cultural.
Primera línea: La cordillera
Desde el año 2002 que en la provincia del Chubut diversas empresas extractivistas de minerales cotizados intentan anclarse en la provincia.
Primero fue la localidad cordillerana de Esquel. La gran movilización popular en contra de cualquier proyecto minero frenó las intenciones de volar montañas, lavar las rocas con agua potable y cianuro para colar oro y plata.
En el 2003 se realizó un plebiscito, en el cual el 82% de la población se manifestó en contra. De allí a la actualidad las empresas mineras vienen ejerciendo presión para que los gobiernos de turno les habilite la actividad extractivista, sin licencia social.
El Gobernador Mariano Arcioni, y los 27 diputados provinciales vienen llevando adelante el tratamiento del proyecto de zonificación que está fuera de la ley por dos razones:
En abril de 2003 la legislatura del Chubut sancionó la ley 5001 que en su artículo primero dice “Prohíbase la actividad minera metalífera en el ámbito de la Provincia del Chubut, a partir de la sanción de la presente Ley, en la modalidad a cielo abierto y la utilización de cianuro en los procesos de producción minera.” Y en el siguiente, artículo 2°: “ El Consejo Provincial del Ambiente (COPRAM) creado por la LEY XI Nº35 (Antes Ley 5439), determinará en el plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos, a partir de la sanción de la presente Ley: a) La zonificación del territorio de la provincia para la explotación de recursos mineros, con la modalidad de producción autorizada para cada caso.
O sea, se vencieron los plazos para aplicar ese último artículo. 18 años después, el gobernador de la provincia, sabiéndolo, igualmente ha presentado el proyecto. Y los diputados, de la misma manera, desde hace un par de semanas que vienen tratando en comisión para conseguir mayoría, dar dictamen, y que se trate en sesión extraordinaria.
En contrapartida la ley por iniciativa popular, el proyecto presentado por las asambleas del Chubut con más de 30 mil firmas, que se presentó el 16 de octubre en el Tribunal Electoral, aún no es tratado en sesión en la Legislatura. Miles de Chubutenses exigen que la ley se trate con urgencia.
Primera línea: La meseta
Mariano Arcioni, pese a que hizo campaña electoral oponiéndose a la minería, hoy impulsa esa actividad. Ya no como epicentro Esquel y el oro en sus montañas, sino la meseta, rica en plomo y uranio.
Las comunidades mapuche-tehuelche Laguna Fría y Chacay Oeste, Mallín de los Cual, Los Pino, El Escorial, Lagunita Salada-Gorro Frigio-Cerro Bayo, Yala Laubat, Taquetren, Lefimi, El Mirador, y Sierras de Huancache, se hicieron presentes en la plaza de Paso del Sapo para expresar clarísimamente que “ lo que quiere hacer el gobierno es algo muy profundo, pero es para las multinacionales, nada es para el pueblo, nada es para las futuras generaciones”.
Y acá viene la segunda razón de por qué el proyecto de zonificación está fuera de la ley: está en oposición al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la que Argentina es parte mediante la ley nacional Nº 24.071, promulgada en abril de 1992.
El Articulo nro 6 estipula: “consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”. Esto nunca ocurrió. Los pueblos originarios no fueron consultados de ninguna manera.
El artículo 7 sujeta a los Estados firmantes a hacer cumplir que: “Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan (…) Los gobiernos deberán velar por que, siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos. Los resultados de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas. Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan.” Nada de esto sucede.
“Somos muchos en la meseta que estamos en contra y decimos no a la megaminería. Para nosotros es muy importante la cosmovisión mapuche tehuelche. Cada lugar que hay acá, el cerro, el agua, la tierra, todo tiene su sentido. Y tenemos que estar en este lugar conectado con todo eso. Por eso decimos no a la megaminería en la meseta, no a la megaminería en Chubut. Y pedimos firmemente que el proyecto de zonificación que presenta el ejecutivo de la provincia se retire inmediatamente, que no tiene el respaldo de los pueblos originarios, a quienes no consultaron”.
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