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Un juez federal entiende en la causa que abrió la Universidad Nacional de Moreno para recuperar el terreno y hacer la escuela.


El magistrado libró oficios que fueron contestados en relación a la cuestión de fondo y que, a la luz de las respuestas, no hay dudas que la tierra es propiedad del Estado nacional. La noticia de esta semana está calibrada en la voluntad de la Provincia de Buenos Aires de sostener que la intervención de funcionarios de ARBA y el Registro de Propiedad Inmueble no solo fueron correctas sino que discute la sentencia de la SENNAF (Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia) que le respondió al juez que «la afectación efectuada en el plano 74-245-2012 «Reserva de Equipamiento Comunitario» no implica que sean de aplicación las leyes provinciales 8912 y 9533 y/o cualquier otra normativa que implique el cambio del titular registral.


La gestión provincial (que en materia educativa tiene a Alberto Sileoni, uno de los primeros impulsores de la Escuela Secundaria Politécnica de la Universidad Nacional de Moreno) presenta un escrito no solicitado por el juez puntualizando que el Equipamiento Comunitario o bien la aplicación de leyes provinciales es legal y legítimo, movimiento que no tendrá mayor incidencia judicial pero aporta mucho a la continuidad del edificio del Consejo Escolar que promueve a GRAN VELOCIDAD LA INTENDENTA.


Es importante subrayar que para la gestión comunal todo lo que hace encuadra en las leyes 8912 y 9533 y que la Provincia sostiene la legalidad allí, pero el gobierno nacional, propietario de la tierra y quien autoriza el uso de la misma informó la justicia lo siguiente: «ARBA y la Dirección Provincial de Registro de la Propiedad Inmueble no obraron legítimamente o dentro del ordenamiento jurídico. Los actos administrativos de esos organismos de los que se vale el Municipio de Moreno para llamar a licitación y adjudicar por segunda vez la misma obra (Consejo Escolar y otras oficinas gubernamentales bonaerenses) no están realizados de forma legal y legítima, no SON VÁLIDOS.


En tanto el debate técnico abunda, hay dos situaciones reales que se encuentran severamente vinculadas.


La UNM y la ESPUNM planifican el 2025 con mayores restricciones, no solo por el espacio físico ante una nueva cohorte – más reducida – sino porque se debe garantizar el desarrollo del proyecto a quienes hoy integran la comunidad.


Existe un rumor en las viejas oficinas que el nuevo Consejo Escolar, que el Municipio debe transferir a la Provincia, podría inaugurarse antes de marzo de 2025. Momento histórico si alcanza la meta. Mariel Fernández y Axel Kicillof poniendo en valor el órgano burocrático construido con dinero del Fondo de Financiamiento Educativo que, sin ruborizarse, el oficialismo dice que el 100 por ciento va a las escuelas.

Cuando el conflicto tomó estado público, alguien respiró profundo y dijo, «llevará mucho tiempo reparar el daño que la Municipalidad le producirá a la Universidad».


El proyecto para el pueblo de Moreno que se llama ESPUNM – ITUNM, Nodo tecnológico no terminó, sigue en agenda porque esa lucha NO SE ABANDONA.


Ayer se informó a las familias ESPUNM el estado de la causa.


Estimadas Familias

Una vez más, cumplimos en informar las novedades en relación a la causa judicial para la recuperación del predio y construcción del edificio ITUNM-ESPUNM.

En el día de ayer, hemos tomado conocimiento que con fecha 25 de octubre de 2024, la Fiscalía de la provincia de Buenos Aires presentó un nuevo escrito en la causa, impugnando la presentación de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) por sus señalamientos respecto del obrar ilegal del Registro de la Propiedad Inmueble y la inaplicabilidad de las leyes de la Provincia de Bs. As. 8912 y 9533.

En su presentación, destinada a salvaguardar la actuación del Registro de la Propiedad Inmueble y de ARBA por sus eventuales consecuencias, pretendió sostener la validez de lo actuado, asumiendo que la Ley 27.068, que otorgó la titularidad de 2 fracciones que corresponden a la función universitaria exclusivamente y plasmadas en plano catastral provisorio del año 2012, implicaron además el reconocimiento del otorgamiento de la titularidad de la antigua Parcela 2 a la Municipalidad y que la provincia registró a su nombre en 2023 y a instancias de la misma, con la previa anulación del plano definitivo del año 2021 que reflejaba las sesiones de uso y ocupaciones efectivas otorgadas por la SENNAF a todas las entidades educativas allí alojadas, incluida la UNM.

Este planteo desconoce la realidad de los hechos, los convenios suscritos que dieron origen a todo lo actuado por la Universidad y lo que la propia Dirección General de Cultura y Educación de la provincia ha reconocido en la presentación anterior, como así también, en el Convenio de diciembre de 2020 por el edificio que se encuentra en dicho predio; contradiciendo a su vez sus propios dichos en la contestación del 15 de febrero de 2024 en esta causa, en la que la Fiscalía reconoció que la antigua Parcela 2 del plano del 2012, estaba a nombre de Estado Nacional – Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente – Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, agregando además, que ni ARBA ni el Registro, tienen responsabilidad alguna en la situación planteada, ni interés en el resultado final de la causa, la que solo puede resolverse por orden judicial.

Es de señalar que en aquel escrito y compartiendo lo expresado por la Universidad, la Fiscalía solicitó se cite a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación (SENNAF), en su carácter de propietaria originaria del predio cedido en el uso, y de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), en tanto autoridad de aplicación del Registro Nacional de Bienes Inmuebles del Estado, a que expresasen cual ha sido la voluntad del Estado Nacional en cuanto a la cesión de la parcela que nos ocupa a una de las partes, y por tanto, al resto de las entidades involucradas en la antigua Parcela 2, incluida la misma SENNAF que también ocupa una de las parcelas generadas por su propia voluntad, pero que ahora niega en esta presentación extemporánea.

Por último, cabe señalar que el Juzgado, en su providencia del día de ayer, observa que no habiendo dispuesto traslado aún, previo a toda consideración aclare los términos de la presentación realizada.

Una vez más, y sin perjuicio de las acciones que debamos impulsar al respecto, cumplimos con el deber de informar inmediatamente a la comunidad escolar, de la situación procesal de esta causa y hacemos saber a todos los interesados que deseen conocer en detalle estas actuaciones, notas y medidas, que pueden consultarlas en el apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico.


Los saludo atte.
 Lic. Claudio Fardelli Corropolese
Director Organizador Escuela Secundaria Politécnica de la Universidad Nacional de Moreno