La inmunización contra el coronavirus será requisito tanto para docentes como alumnos mayores de 18 años.
El Consejo Superior de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) dispuso como requisito para el regreso a las clases presenciales en el marco de la pandemia que tanto docentes como alumnos estén vacunados contra el coronavirus.
En ese aspecto, la casa de altos estudios radicada en la capital bonaerense estableció que cualquier persona que asista a una actividad presencial en todas sus facultades y dependencias, deberá contar con al menos una dosis de las vacunas contra el COVID-19.
La medida rige para los mayores de 18 años, exceptuando a los alumnos de los colegios preuniversitarios, como la Escuela Anexa, el jardín, el Nacional y el Liceo, que dependen de la UNLP.
“Resultará requisito para la participación en cualquier actividad presencial en todo el ámbito de la UNLP la acreditación del transcurso de 21 días corridos desde la inoculación de la primera dosis de alguna de las vacunas contra el COVID-19”, fijó la resolución.
La iniciativa fue impulsada en virtud “de la necesidad de seguir incorporando, de manera paulatina, mayor cantidad de actividades presenciales, tanto en el ámbito administrativo como académico”.
A la par, la disposición prevé que “el servicio de salud de la Universidad recibirá, considerará y resolverá las solicitudes de habilitación especial -de quienes no se han vacunado-, que se justifiquen en motivos médicos debidamente acreditados, emitiendo las constancias que correspondan”.
En ese sentido, la resolución del órgano universitario afirmó que “el caso de quienes soliciten excepción con motivo de una objeción de conciencia, merece un detenido tratamiento, con el fin de asegurar dos objetivos primordiales”.
“Por un lado, que el valor salud pública se priorice sobre el de las preferencias individuales. Al mismo tiempo, y con lógica similar, que las preferencias particulares no obstaculicen el normal desarrollo de las altas funciones universitarias”, confirmaron desde la UNLP.
De esa manera, “cuando la solicitud de habilitación especial (para ingresar a las aulas sin estar vacunados) se fundamente en razones no médicas, el servicio de salud remitirá la cuestión a una Comisión ad hoc”, sostuvieron desde la Universidad.
En caso de que la Comisión rechazo el pedido, la disposición estableció que “si la actuación presencial fuera necesaria en las funciones universitarias, el interesado deberá acreditar semanalmente ante el servicio de salud un test negativo de virus SARS-CoV-2”.
“La falta de acreditación oportuna impedirá el ingreso y se considerará inasistencia injustificada”, remarcó la resolución respecto a los no vacunados que no presenten un hisopado negativo.
Entre los fundamentos de la norma se destacó que “corresponde a la Universidad adoptar los estándares más altos de protección” y “tender a que la totalidad de la comunidad universitaria haya al menos avanzado en el esquema de vacunación”.
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